Condenada en Alicante una agente de la Policía por dar información a un delincuente con el que mantenía una relación sentimental

Condenada en Alicante una agente de la Policía por dar información a un delincuente con el que mantenía una relación sentimental

Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Alicante.

 

La sección undécima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede desplazada en Elche, ha condenado a una mujer, agente del Cuerpo Nacional de Policía, a la pena de un año de cárcel por dar información a un delincuente con el que sostenía una relación sentimental y por recibir en una cuenta bancaria siete mil quinientos euros provenientes de la compra y venta fraudulenta de automóviles en Italia.

Conforme consta en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la mujer asimismo cumplirá un par de años y 3 meses de inhabilitación para cargo o empleo público y va a pagar una multa de tres mil ochocientos cuarenta euros como autora de los delitos de blanqueo de capitales y revelación de secretos.

La sentencia declara demostrado que la funcionaria, destinada en la unidad de Policía Judicial de Elche, transgredió el deber de sigilo y reserva al que estaba obligada por su cargo y efectuó consultas en bases de datos policiales sobre un delincuente con el que sostenía una relación sentimental y su entorno delictivo.

Esas consultas se generaron entre abril de dos mil diecinueve y diciembre de dos mil veinte y la información suministrada por la acusada fue aprovechada por los receptores «para evitar la persecución policial y judicial con respecto a distintas infracciones delictivas que estaban cometiendo», apuntan los jueces en la resolución.

Concretamente, el novio de la penada pudo conocer así que un juzgado le había intervenido 3 de sus teléfonos móviles en el marco de una investigación por un delito de robo con fuerza, como los datos de un turismo policial camuflado, lo que frustró esa investigación.

El tribunal asimismo ha declarado demostrado que la policía recibió en el primer mes del verano de dos mil diecinueve, en una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad, siete mil quinientos euros provenientes de la compra y venta fraudulenta de automóviles en Italia, a propósito de su procedencia delictiva.

Sin embargo, la Audiencia ha exculpado a la imputada de un delito de omisión del deber de perseguir delitos, al comprender que no ha quedado demostrado que presenciase en su residencia particular de qué manera su compañero sentimental y otros individuos producían sustancias estupefacientes.

La sentencia puede ser recurrida en apelación frente a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.