La pareja había fijado la fecha para su boda, aunque la ceremonia nunca se celebró.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 18 meses de prisión a un hombre por un delito agravado de estafa y otro continuado de hurto, tras engañar a una mujer haciéndole creer que se casaría con ella, con el fin de robarle dinero y joyas. En la sentencia, el tribunal también ha considerado la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. El condenado, además, deberá indemnizar a la víctima con 70.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados, tal como se establece en la resolución judicial.
La sentencia fue dictada después de que las partes alcanzaran un acuerdo de conformidad, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). Asimismo, el tribunal acordó la suspensión del ingreso en prisión del reo, a condición de que abone la indemnización mencionada y se abstenga de delinquir durante un período de dos años.
El fallo considera probado que el condenado conoció a la víctima a través de una web de contactos en agosto de 2015. Al saber que la mujer poseía un patrimonio considerable, el acusado ideó un plan para obtener la mayor cantidad de dinero posible de ella. Con este fin, inició una relación sentimental con ella y, a principios de 2017, fingió que tenía interés en casarse con ella. En ese contexto, ambos acudieron a una notaría en la partida de El Albir, en Benidorm.
El condenado hizo creer a la víctima que firmaba un poder para que él pudiera llevar a cabo los trámites legales necesarios para contraer matrimonio en España. Sin embargo, lo que realmente firmó fue un poder general a favor del acusado.
A partir de octubre de 2017, el hombre utilizó este poder para pedir un préstamo de 140.000 euros sin el consentimiento ni conocimiento de la mujer. El préstamo se garantizó con una hipoteca sobre una de sus propiedades, ubicada en l’Alfàs del Pi. En enero de 2018, el condenado sacó 1.100 euros de la cuenta bancaria de la víctima, y poco después se apoderó de joyas y otros objetos de valor, como dos anillos de brillantes, unos pendientes con esmeraldas y diamantes, dos anillos de diamantes, un brazalete y dos ordenadores portátiles.
En paralelo, la pareja había fijado la fecha para su boda para el 30 de junio de 2017, aunque la ceremonia nunca se celebró. El condenado puso excusas continuas a la mujer, como que no disponía de los papeles necesarios o que el notario no podía asistir.
La sentencia es firme y no admite recurso alguno.