Dani Alves absuelto: El TSJ catalán revoca su condena por agresión sexual

Dani Alves absuelto: El TSJ catalán revoca su condena por agresión sexual

El TSJ de Catalunya absuelve a Dani Alves de agresión sexual tras revocar su condena de cuatro años y medio.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha absuelto al futbolista brasileño Daniel Alves del delito de agresión sexual por el que había sido condenado a cuatro años y seis meses de prisión por la Audiencia de Barcelona en febrero de 2024.

La decisión, tomada por la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC, revoca la sentencia inicial al considerar que presenta “déficits valorativos” que impiden respaldar las conclusiones sobre la supuesta violación ocurrida en la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022.

Alves, que lleva en libertad provisional desde el 20 de marzo de 2024 tras pagar una fianza de un millón de euros, queda eximido de la pena impuesta.

El caso, que había sido uno de los primeros en tramitarse bajo la Ley del «solo sí es sí» en España, dio un giro tras la resolución del TSJC publicada este viernes. La sentencia inicial de la Audiencia de Barcelona, dictada por la Sección 21ª, condenó al exjugador del FC Barcelona por agredir sexualmente a una joven de 23 años en el baño de un reservado de la discoteca Sutton la noche del 30 al 31 de diciembre de 2022. Además de la pena de prisión, se le impusieron cinco años de libertad vigilada, nueve años y seis meses de alejamiento de la víctima y una indemnización de 150.000 euros, que Alves abonó previamente, lo que le valió una atenuante por reparación del daño.

Sin embargo, el TSJC ha cuestionado la valoración de las pruebas presentadas en el juicio inicial. En su resolución, el alto tribunal catalán argumenta,

La sentencia de la Audiencia de Barcelona adolece de déficits valorativos que impiden compartir la valoración del tribunal de instancia ni la conclusión que alcanza sobre la falta de consentimiento de la víctima y el uso de violencia por parte del acusado.

Aunque el fallo no entra en detalles específicos sobre las pruebas desestimadas, subraya que no se ha acreditado de manera suficiente la narrativa que sustentaba la condena.

Un proceso judicial controvertido

El caso de Dani Alves ha sido objeto de intensa atención mediática y judicial desde su inicio. Tras la denuncia de la joven, el futbolista fue detenido el 20 de enero de 2023 e ingresó en prisión provisional en el centro penitenciario de Brians 2, donde permaneció hasta su salida en libertad provisional hace un año.

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Durante la instrucción y el juicio, celebrado entre el 5 y el 7 de febrero de 2024, Alves ofreció versiones contradictorias de los hechos, pasando de negar conocer a la víctima a afirmar que las relaciones fueron consentidas. La Fiscalía solicitó nueve años de cárcel, mientras que la acusación particular elevó la petición a doce años, la pena máxima por el delito.

La sentencia de la Audiencia de Barcelona consideró probado que Alves “cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y, evitando que pudiera moverse, la penetró vaginalmente” sin su consentimiento y con uso de violencia. Sin embargo, la defensa del jugador, liderada por la abogada Inés Guardiola, recurrió la condena ante el TSJC, alegando vulneraciones de derechos fundamentales, como la presunción de inocencia, y cuestionando la credibilidad del relato de la víctima frente a las pruebas aportadas, como las grabaciones de las cámaras de seguridad.

Por su parte, tanto la Fiscalía como la acusación particular, representada por la abogada Ester García, también recurrieron la sentencia inicial, pero en sentido opuesto: pedían un aumento de la pena al considerar errónea la aplicación de la atenuante de reparación del daño. El TSJC, tras analizar los recursos, ha optado por absolver al futbolista, una decisión que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo por las partes acusadoras.

Reacciones y próximos pasos

La absolución de Dani Alves ha generado sorpresa y debate en la opinión pública y en el ámbito jurídico, especialmente por su impacto en la interpretación del consentimiento bajo la nueva legislación española. Fuentes oficiales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) confirmaron que la sentencia del TSJC fue notificada este viernes 28 de marzo de 2025, aunque el texto íntegro aún no ha sido hecho público en su totalidad.

Según el portal del Poder Judicial, la resolución es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo, lo que abre la puerta a una nueva fase en este controvertido proceso.

El jugador, que abandonó la prisión en marzo de 2024 tras 14 meses encarcelado, no ha emitido declaraciones públicas inmediatas tras conocerse el fallo. Mientras tanto, la defensa de la víctima no ha confirmado aún si presentará un recurso, aunque la abogada Ester García había expresado previamente su satisfacción con la condena inicial por dar credibilidad al relato de su clienta.