El Juzgado perdona una deuda de 80.000 euros a un matrimonio de Castellón

El Juzgado perdona una deuda de 80.000 euros a un matrimonio de Castellón

Un matrimonio con dos hijos pequeños, logra cancelar 80.000 euros y mantener la vivienda con la Ley de la Segunda Oportunidad

 

Un matrimonio del municipio de Nules en Castellón, ha atravesado una grave crisis financiera que les llevó a solicitar la ayuda de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento para poder afrontar el pago de su vivienda. La pareja, con dos hijos pequeños, se encontraba en una situación límite tras acumular deudas debido al fracaso de un negocio y la pérdida temporal de empleo.

La insolvencia y la búsqueda de soluciones

A lo largo de los años, intentaron distintas alternativas, recurriendo a créditos personales y préstamos, pero la deuda continuó aumentando hasta volverse insostenible. «Nos encontrábamos desesperados, sin poder pagar la hipoteca ni los gastos básicos. Cada intento de solución solo empeoraba la situación», explicó uno de los afectados, quien actualmente trabaja a media jornada.

El impacto económico no solo afectó sus finanzas, sino también su estabilidad familiar y salud. Con los primeros impagos, comenzaron las amenazas y demandas de los acreedores, lo que aumentó su angustia.

En este contexto, decidieron buscar ayuda profesional y contactaron con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, donde les recomendaron acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Un proceso legal que les permitió empezar de nuevo

Gracias a este procedimiento, el Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Nules revisó su caso y tomó una decisión clave: exonerarles de todas sus deudas y permitirles conservar su vivienda, siempre que se mantuvieran al día con la hipoteca.

“El mayor temor de esta familia era perder su hogar. Desde el principio les explicamos que, cumpliendo con los pagos hipotecarios, no lo perderían en el proceso”, señala su abogado, Pepe Domínguez.

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Durante tres meses, se realizó un análisis de su patrimonio para determinar si era posible vender algunos bienes y compensar parte de la deuda. Sin embargo, el juzgado resolvió que la vivienda no debía subastarse, siempre que se comprometieran a un plan de pagos ajustado a sus ingresos.

Finalmente, tras acreditar que cumplían los requisitos legales, el 31 de enero de 2025, el juzgado dictó sentencia concediéndoles la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), lo que les permitió liberarse de una deuda de 80.624,15 euros.

Esta resolución representa un nuevo comienzo para la familia, que ahora puede reconstruir su estabilidad económica sin la amenaza de perder su hogar.

RESOLUCIÓN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº2 DE NÚLES