La propiedad privada, y dentro de esta, la vivienda, son derechos naturales que, tras ser aceptados por el “pacto social”, quieren ser adulterados o eliminados por la nueva e hipócrita cultura “buenista” de la izquierda.
El paso del estado natural al estado civil, cuando media un “pacto social” que permita garantizar los derechos naturales, se recoge en lo que se ha dado en denominar las teorías “contractualistas”. Uno de los principales derechos naturales que defienden y mantienen es el de la propiedad individual.
Dentro de esa propiedad individual natural, se encuentra desde el origen de los tiempos, el espacio físico donde habitar, incluso en las culturas nómadas, se traslada o incorporan temporalmente dichos espacios.
Hoy en día y ya desarrollados esos pactos sociales, preferentemente en las democracias liberales, casi nadie duda del derecho a la propiedad de cada uno de los seres humanos, dado que no interfiere para nada en la libertad y los derechos de terceros.
Filósofos como JOHN LOCKE nos trasladan su “concepción del derecho de propiedad individual, como un derecho natural existente con anterioridad a la constitución de una sociedad y gobiernos civiles”.
Uno de los fundamentos de la creación de la sociedad y su pacto social fue el de la propiedad privada.
No porque sí, el ser humano aspira a unirse en sociedad. Lo hace, ya que de esta forma, considera que puede preservar de una mejor forma, su vida, su libertad y sus posesiones
Algunos de los tratadistas que han profundizado en esta cuestión, coinciden en la existencia de dos tipos de propiedad, la propiedad de bienes individuales y privados y una segunda que sería la propiedad que el ser humano tiene sobre su persona, su libertad e incluso su trabajo, pudiendo si lo considera oportuno enajenarlo.
Así pues, el sentido común y el sentido de la propiedad, nos hace pensar que el esfuerzo individual del trabajo al que se debe acceder libremente y que se desarrollará en función de las capacidades y voluntad de sacrificio personal, da como fruto la posesión de los bienes materiales propios.
Gracias al esfuerzo, sacrificio y trabajo, el hombre consigue la propiedad de objetos y bienes, considerando que al ser propios, nadie más puede tener los mismos derechos que él, sobre esas propiedades particulares.
Nadie puede negar que la “invención del dinero” diera pie a que el ser humano pudiera acopiar excedentes y como consecuencia aumentar sus posesiones.
Y es cierto que también da pie, no con carácter exclusivo, a desigualdades, pero obviamente son consecuencia de la capacidad de gestión del trabajo de cada persona, y en este también tenemos que incluir la producción, la capacidad tecnológica y el comercio.
Nos guste más o nos guste menos, la realidad es que dicha acumulación de bienes de todo tipo, con obvias desigualdades en el rango de posesiones privadas, la han hecho posible los propios hombres.
Es cierto que la Constitución española, nuestro auténtico “pacto social”, en su Título I, que nos habla de los derechos y deberes fundamentales, en su artículo 47, especifica que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación…”
Hoy en día cuando las teorías “buenistas” de la izquierda, nos pretenden convencer de que todos tenemos derecho a una vivienda digna, cosa que recogida en nuestro pacto social, nadie pone en duda, nos encontramos con que añaden con diferentes argumentos manipulados, falacias y tesis inasumibles y esto es inadmisible, que al que es incapaz de conseguirla con su trabajo, esfuerzo y priorización de gastos, se la tenemos que “regalar” los que nos hemos esforzado para dotarnos o incrementar nuestro patrimonio. Y esto aquí, en esta “España querida” lo hacen, “jugando” mal-intencionadamente, con el contenido del Artículo 33 de la Constitución Española de 1978, que en primer lugar “reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia” aunque en el apartado tercero, después de especificar que “Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos” añade, que salvo “por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”.
Volvemos a apelar al SENTIDO COMÚN, en este caso vinculado al SENTIDO DE LA PROPIEDAD, para hacer ver, que esa forzada igualdad exigiría que todos tuviéramos las mismas capacidades personales y la misma capacidad de esfuerzo y sacrificio y mientras esto no ocurra (es imposible por la propia condición humana), no debemos ni podemos “castigar” a quien sí las tiene y las aplica o ha aplicado durante su vida.
Miguel Angel Mulet i Taló.