Esta decisión implica que la inhabilitación máxima sería de dos años, y el CSD no tendría la autoridad para apartarlo de sus funciones.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha catalogado como «falta grave» el incidente en el que el presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, besó a la jugadora Jenni Hermoso sin su consentimiento. Esta acción resultó en una suspensión emitida por la FIFA, en lugar del Consejo Superior de Deportes (CSD), quien había solicitado inicialmente que se considerara como una falta «muy grave».
En consecuencia, el TAD ha iniciado un proceso disciplinario contra Rubiales por esta «falta grave», en lugar de la categoría «muy grave» que proponía el CSD.
Esta decisión implica que la inhabilitación máxima sería de dos años, y el CSD no tendría la autoridad para apartarlo de sus funciones.
No obstante, la FIFA ya había impuesto una suspensión provisional al presidente de la RFEF el 26 de agosto, con una duración mínima de 90 días. Esta medida se tomó mientras se investiga el comportamiento de Rubiales durante la final del reciente Mundial femenino.
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