La jueza excluye a Bernabé y centra la investigación de la Dana en la responsabilidad autonómica

La jueza excluye a Bernabé y centra la investigación de la Dana en la responsabilidad autonómica

La magistrada destaca que "la inacción ocurrió dentro de la esfera autonómica, no en el ámbito del gobierno central".

 

La jueza de Catarroja encargada de investigar la gestión de la Dana ha rechazado investigar a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, y ha destacado que la competencia en protección civil corresponde a la administración autonómica. En su resolución, subraya que los fallecimientos durante el desastre podrían haberse evitado y hace referencia a la inactividad del Gobierno valenciano en la respuesta a la emergencia.

Según el auto emitido por la jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, la querella presentada por la asociación Hazte Oír no aporta fundamentos suficientes para acusar a la delegada del Gobierno de homicidios y lesiones por imprudencia grave en relación con los hechos ocurridos durante la Dana del 29 de octubre. La querella solicitaba investigar a Bernabé por no haber solicitado al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional.

La magistrada concluye que el hecho de no haber realizado esa solicitud no es una causa válida para responsabilizar a la delegada del Gobierno de los fallecimientos y lesiones, pues la competencia sobre protección civil es autonómica.

La inacción ocurrió dentro de la esfera autonómica, no en el ámbito del gobierno central.

A su juicio, asociar la responsabilidad de los daños a la delegada del Gobierno carece de base legal.

Asociar a la delegada del Gobierno la responsabilidad en los fallecimientos y lesiones imprudentes del día 29 de octubre, cuando la competencia en materia de protección civil es autonómica y la inactividad se produjo en dicho ámbito, carece de cualquier asidero legal.

Detalla.

El auto también recoge que tanto a nivel autonómico como central, se alcanzó un consenso inicial de que no era necesario declarar la emergencia a nivel nacional. En su resolución, la jueza explica que no era necesario que el Ministerio del Interior tomara acción, ya que las medidas para alertar a la población podían ser adoptadas por las autoridades autonómicas, quienes tenían la competencia en gestión de emergencias. Esto se debía a que la proximidad de las autoridades autonómicas a la zona afectada les permitió evaluar rápidamente la gravedad de la situación y tomar las decisiones adecuadas para proteger a la población, sin necesidad de intervención del gobierno central.

La cercanía de la Comunidad a los ciudadanos, al lugar donde se estaba produciendo la emergencia, constituye un elemento esencial en el ámbito de la protección civil, ya que permite conocer la gravedad de esa emergencia y acordar lo procedente con la máxima celeridad, como la comunicación a la población de medidas de autoprotección.

Sobreseída la denuncia por daños materiales de la DANA

Además, la jueza ha dictado un segundo auto en el que se sobresee libremente una denuncia por daños materiales causados por la Dana. El caso había sido inicialmente derivado al Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, pero la magistrada ha optado por no continuar con la investigación en ese sentido, reservando la posibilidad de ejercer acciones en la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El objeto de la investigación que se lleva a cabo en Catarroja sigue siendo los fallecimientos y lesiones causados por una actuación negligente, que según la jueza, podrían haberse evitado. A diferencia de los daños materiales, que se tratan en otro ámbito, los fallecimientos y lesiones son el eje de la instrucción. En cuanto a los daños materiales, el Código Penal establece que solo se considera un delito leve aquellos causados por imprudencia grave, con sanciones que van de tres a nueve meses de multa, si superan los 80.000 euros.

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El Juzgado de Catarroja abre diligencias judiciales por 160 fallecimientos registrados

La causa abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja ya incluye más de 160 de los 224 fallecimientos registrados oficialmente después de la aceptación de las inhibiciones cursadas por diferentes juzgados de València, Picassent, Alzira o Torrent. Este avance forma parte de las diligencias judiciales que se han llevado a cabo desde el pasado mes de diciembre, cuando la jueza comenzó a practicar diligencias de investigación.

Según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la jueza ha tomado declaración a, al menos, 60 testigos, familiares de los fallecidos, y realizado un número aún mayor de ofrecimientos de acciones a los perjudicados, según el TSJCV. Además, muchos de estos testigos, que están siendo atendidos por tratamiento psicológico debido a las secuelas emocionales del suceso, están siendo evaluados por el Instituto de Medicina Legal de Valencia para valorar los daños psicológicos causados por lo ocurrido.

En cuanto a las declaraciones testificales, la juez ha llegado a una conclusión preliminar que ha sido expuesta en diversos autos, subrayando,

Una palmaria ausencia de avisos a la población, que no pudo tomar ninguna medida para protegerse.

Según las investigaciones, la alerta emitida a las 20.11 horas por SMS a los ciudadanos fue «notablemente tardía» y «errada en su contenido», lo que ha generado un clima de incertidumbre y desprotección en la población afectada.

Hasta el momento, una decena de acusaciones particulares han interpuesto sus demandas, en representación de los familiares de los fallecidos. A estas se suman tres acusaciones populares de Vox, Podemos y FTAP-CGT, que han abonado sendas fianzas de 6.000 euros. Además, la instructora ha solicitado una misma cuantía de 6.000 euros como caución para que otras dos entidades, la asociación Liberum y Acció Cultural del País Valencià, puedan ejercer la acusación popular en este caso.

La causa continúa su curso mientras se siguen practicando diligencias para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades.

En relación con las víctimas, el proceso de investigación ya ha incluido más de 160 de los 224 fallecimientos oficialmente registrados. La jueza ha tomado declaración a más de 60 testigos, incluidos familiares de los fallecidos, y ha ofrecido la posibilidad de participar en las acciones judiciales a un número aún mayor de personas afectadas.

Los testimonios recabados hasta ahora «han revelado una clara falta de avisos oportunos a la población, lo que impidió que muchas personas tomaran medidas preventivas». Además, se ha identificado que la alerta enviada por SMS a los ciudadanos a las 20:11 horas fue excesivamente tardía y contenía información incorrecta.

Hasta la fecha, se han personado en la causa varias acusaciones, tanto particulares como populares, que representan a familiares de las víctimas y a partidos como Vox y Podemos, así como a entidades como FTAP-CGT. La jueza también ha solicitado que otras organizaciones, como Liberum y Acció Cultural del País Valencià, presenten una caución de 6.000 euros para ejercer la acusación popular.

Fotografía portada: Reunión del CECOPI a 30 de octubre de 2024 /GVA112.