La ampliación del tipo delicitivo añadiendo la okupación permite que pueda juzgarse en un plazo máximo de quince días.
El temor por la okupación aumenta en España. En los últimos cinco años, se han registrado casi 91.000 denuncias por okupación ilegal de viviendas, según datos del Ministerio del Interior. Este problema se ha convertido en una de las principales preocupaciones de la sociedad, según diversos estudios.
El pasado 14 de noviembre, el Congreso de los Diputados aprobó una enmienda a la Ley de Enjuiciamiento Criminal que aborda este tema. Aunque la enmienda fue aprobada por un error en los apoyos de ERC y Bildu, el PP, con mayoría en el Senado, asegura su aprobación definitiva.
Delitos penales y diferenciación de casos
Con la enmienda, la okupación pasa a considerarse un delito penal. Será catalogada como allanamiento de morada cuando la vivienda esté habitada y como usurpación si no lo está. “Los abogados siempre hemos tenido claro que la okupación es un delito penal, ya que implica violencia a la fuerza”, afirma Arantxa Goenaga, socia de AF Legis y experta en derecho inmobiliario.
Uno de los cambios más significativos será la reducción del tiempo para desalojar a los okupas. Hasta ahora, al tramitarse los casos por la vía civil, los procesos se alargaban, una situación que Goenaga califica de “injusticia” para los propietarios, quienes debían esperar meses para recuperar sus viviendas.
Procedimiento abreviado y plazos más rápidos
La enmienda amplía el tipo delictivo, permitiendo que la okupación pueda ser juzgada mediante un procedimiento abreviado. Este método acelera los tiempos y garantiza que los okupas sean juzgados en un plazo máximo de 15 días desde que se pone el caso en disposición judicial.
Exclusión de los ‘inquiokupas’
Sin embargo, esta enmienda no afecta a los inquiokupas, es decir, a los inquilinos que dejan de pagar el alquiler o no abandonan la vivienda tras finalizar el contrato. Según Goenaga, estos casos seguirán considerándose un “ilícito civil”, lo que significa que los propietarios no podrán beneficiarse del procedimiento penal para recuperar sus propiedades.
Pese a las mejoras en los tiempos, la saturación del sistema judicial podría dificultar el cumplimiento de los plazos establecidos. Aun así, Goenaga destaca que la nueva enmienda reducirá significativamente los tiempos de resolución en comparación con los procedimientos anteriores.