Pradas rechaza ser «cabeza de turco» y pide archivar la causa penal por la DANA

Pradas rechaza ser «cabeza de turco» y pide archivar la causa penal por la DANA

Salomé Pradas solicita el archivo de la causa penal por la gestión de la DANA y apunta al contencioso-administrativo como vía adecuada.

 

La exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana durante la devastadora DANA del 29 de octubre de 2024, Salomé Pradas, ha interpuesto un recurso ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja solicitando el archivo de la investigación penal que la señala como investigada por su gestión de la riada que dejó 225 fallecidos, tres desaparecidos y miles de afectados en la Comunidad Valenciana.

La defensa de Salomé Pradas, ha solicitado el archivo de la causa penal relacionada con la DANA, calificando de,

Absolutamente inadmisible que se seleccione como cabeza de turco a su representada con la pretensión de poder atribuirle la responsabilidad penal de los fallecimientos.

La defensa de Pradas, quien comparte la condición de investigada con Emilio Argüeso, exsecretario autonómico de Emergencias, argumenta que la catástrofe fue un fenómeno natural imprevisible y de magnitud excepcional, cuya rapidez imposibilitó cualquier medida efectiva de prevención o contención. «Nadie ha atentado contra la vida de los fallecidos«, sostiene el recurso, que califica la DANA como un evento de «imposible previsión» y cita como precedentes otras tragedias naturales en España, como la riada de Valencia de 1957, las inundaciones de Bilbao de 1983 o la pandemia de COVID-19.

Nadie ha atentado contra la vida de los fallecidos y la causa fundamental de esas muertes fue la magnitud de una catástrofe natural que por sus características y velocidad de su curso constituyó un fenómeno de imposible previsión o en su defecto, de evitación, por lo que lo procedente es el archivo.

El recurso, además, critica que se le atribuya responsabilidad penal únicamente por su posición como «máxima autoridad» en el momento de los hechos, ignorando, según su defensa, la existencia de una codirección con la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en la adopción de medidas de protección civil. Además, señala que el Estado también tuvo un papel relevante a través de organismos como la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la propia Delegación del Gobierno. En este sentido, el escrito apunta que el origen principal de la tragedia no reside en la gestión de las alertas, sino en la falta de obras de encauzamiento en el barranco del Poyo, una responsabilidad que atribuye a decisiones de administraciones previas.

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Pradas argumenta que la investigación penal carece de fundamento al no existir un «mando único» claro, sino un Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi) con participación de múltiples organismos y una dirección compartida. Asimismo, destaca la ausencia de protocolos claros para el sistema de alertas ES-Alert y la falta de coordinación reglamentada entre el 112, las autoridades de protección civil y el Cecopi. La defensa también subraya que la responsabilidad de alertar sobre el riesgo inminente de rotura de presas recaía en el director del plan de gestión de inundaciones, cargo ostentado por el presidente de la CHJ, y no en la exconsellera.

El orden penal no es el idóneo.

Insiste el recurso, que califica como «disparatado» establecer una relación causal directa entre las decisiones de Pradas y los fallecimientos, dada la complejidad de las concausas involucradas. En su lugar, propone que el análisis de los hechos se traslade al ámbito contencioso-administrativo, donde podrían depurarse responsabilidades administrativas sin la carga de un proceso penal que, según la defensa, resultaría largo, costoso y frustrante para las víctimas.

Por su parte, Emilio Argüeso también ha recurrido el auto que lo cita como investigado, solicitando su anulación o revocación. Su defensa argumenta que no tenía competencias específicas para decidir sobre el envío, contenido o timing de la alerta ES-Alert, emitida a las 20:11 del 29 de octubre, y cuestiona por qué no se investiga a la responsable del 112, dado que las llamadas de emergencia no llegaron al Cecopi, donde él participaba como un miembro más.

La investigación, liderada por la jueza Nuria Ruiz Tobarra, se centra en determinar si la tardanza en las alertas a la población y las decisiones tomadas por las autoridades autonómicas pudieron contribuir al trágico balance de la DANA. Según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el próximo 11 de abril está programada la declaración de Pradas y Argüeso como investigados, mientras que el 14 de abril comparecerán como testigos la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y el presidente de la Diputación de Valencia, Vicent Mompó.

Fotografía portada: La exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana Salomé Pradas /Archivo GVA.