Presunto maltratador en Castellón no evita ser juzgado tras cambio de sexo

Presunto maltratador en Castellón no evita ser juzgado tras cambio de sexo

La Audiencia de Castellón rechaza el recurso de un presunto maltratador que pedía no ser investigado por un juzgado de violencia de género tras cambiar de sexo.

 

El Tribunal considera que el cambio de sexo en el Registro Civil podría tener «finalidades fraudulentas» y confirma la competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Castellón.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha rechazado el recurso presentado por un presunto maltratador que solicitaba que su caso no fuera investigado por un juzgado especializado en violencia de género, tras haber modificado su sexo registral a mujer el 29 de agosto de 2023. En una resolución firme dictada el 21 de mayo de 2025, el tribunal ha respaldado la decisión de la magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Castellón, que había remitido la causa al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de la capital de La Plana.

El auto del tribunal, al que ha tenido acceso este medio, subraya,

Existen  circunstancias que apuntan a que la inscripción como mujer en el Registro Civil podría obedecer a finalidades fraudulentas.

Entre  los indicios, la Audiencia destaca que el investigado mantuvo una relación de pareja con la denunciante durante más de diez años, con quien tiene una hija, y que continúa asumiendo el rol de padre. Además, los hechos denunciados por presuntos malos tratos ocurrieron antes del cambio registral, y el investigado ya había estado implicado en procedimientos previos por violencia de género, lo que sugiere que era consciente de las consecuencias legales de sus actos.

La defensa del investigado argumentó en su recurso que, al tener la condición legal de mujer, el caso no debería tramitarse en un juzgado especializado en violencia de género, sino en un juzgado de instrucción ordinario.

Sin embargo, el tribunal ha desestimado esta pretensión, señalando,

El cambio registral no parece reflejar una decisión sincera, sino un intento de evadir responsabilidades penales.

En su declaración ante el Juzgado de Instrucción, el propio investigado afirmó que seguía manteniendo relaciones sexuales «de forma normal» con la denunciante y que su relación no había variado tras el cambio de sexo, además de expresar preferencias personales que, según el auto, refuerzan la percepción de un cambio registral con intenciones fraudulentas.

El tribunal también recoge el testimonio de la denunciante, quien afirmó,

La única motivación del investigado era evitar y evadir sus responsabilidades penales.

Esta declaración, junto con los antecedentes del caso y el contexto de la relación, ha llevado a la Audiencia a concluir que el cambio de sexo registral podría constituir un «fraude de ley», en línea con lo establecido en la legislación española, que permite invalidar actos realizados con la intención de eludir la aplicación de la normativa.

Contexto legal y antecedentes

La resolución de la Audiencia de Castellón se enmarca en el contexto de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que regula los Juzgados de Violencia sobre la Mujer en España. Estos juzgados especializados tienen competencias tanto en el ámbito penal como civil para abordar casos de violencia ejercida por hombres contra mujeres en el contexto de relaciones de pareja o expareja.

La ley busca garantizar una respuesta judicial efectiva y sensible a las víctimas, con personal capacitado en cuestiones de género.

Por otro lado, la Ley 3/2007, de 15 de marzo, para la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, permite a los ciudadanos españoles modificar su sexo registral sin necesidad de intervención quirúrgica, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Sin embargo, como señala la Audiencia en su resolución, esta normativa no puede utilizarse como un mecanismo para eludir responsabilidades penales, especialmente en casos de violencia de género, donde los juzgados especializados tienen la competencia exclusiva.

Relacionados  El futbolista Hugo Mallo condenado por abuso sexual a la mascota del Espanyol

Este caso también pone de relieve los debates en torno a la aplicación de la conocida como «Ley Trans» (Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI), que simplifica los procedimientos para el cambio de sexo registral. Diversos juristas han advertido sobre el riesgo de que esta norma sea utilizada de manera fraudulenta en contextos como el de la violencia de género, un aspecto que la Audiencia de Castellón ha identificado claramente en este caso.

Reacciones y trascendencia del caso

La decisión de la Audiencia Provincial ha sido destacada por diversos despachos de abogados y colectivos feministas en redes sociales, quienes han celebrado que el tribunal haya identificado y sancionado un intento de «fraude de ley».

La Audiencia de Castellón ha actuado sin titubeos, aplicando la ley de violencia de género con claridad y sencillez.

Asimismo, han subrayado que la Ley Trans es «clara cristalina» en cuanto a su aplicación, pero no puede ser utilizada para evadir responsabilidades penales.

Por su parte, la persistencia de la violencia de género en España sigue siendo un desafío significativo. Según datos del Ministerio de Igualdad, en 2024 se registraron 47 mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas, y desde 2013, 62 menores han perdido la vida en contextos de violencia de género contra sus madres. Este caso en Castellón refuerza la importancia de los juzgados especializados y la necesidad de garantizar que las víctimas reciban una protección efectiva, sin que estrategias legales fraudulentas obstaculicen la justicia.

La resolución de la Audiencia Provincial de Castellón, al ser firme, no admite más recursos y marca un precedente relevante en la interpretación de los cambios registrales en el contexto de la violencia de género. Este fallo subraya el compromiso del sistema judicial español con la protección de las víctimas y la prevención de maniobras destinadas a eludir la aplicación de la ley.

Fotografía portada: Archivo.