El Tribunal Supremo confirma la condena, a veinticinco años de cárcel, al hombre que mató a su pareja en la residencia que compartían en Borriol.
Castellón Diario ha tenido acceso a la sentencia, mediante la que La Sala II del Tribunal Supremo, ha confirmado la condena a veinticinco años de cárcel, impuesta al hombre que mató a su pareja sentimental el dos de septiembre de dos mil dieciocho, en la residencia que los dos compartían en la localidad de Borriol (Castellón). De este modo, el Supremo desecha el recurso del condenado y de la acusación particular contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que redujo la pena de treinta a veinticinco años de cárcel al no querer, contra lo que había hecho un tribunal del jurado de la Audiencia de Castellón, la agravante de aprovechamiento de la coyuntura de sitio, por haberse cometido el hecho en el que fue domicilio común, y la dejó sin efecto por comprenderla absorbida en la alevosía, criterio que comparte el Supremo.
Además, el alto tribunal ha desechado íntegramente el recurso del acusado, que mató a su mujer con un arma blanca, y ha confirmado así la agravante de discriminación con motivo de género y la alevosía, aparte de la de parentesco, y estimar inaplicable la mitigante de reparación del daño, conforme ha informado el TS.
En el mes de junio de dos mil veintiuno, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón condenó a treinta años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía y agravante de género al hombre que mató a su pareja sentimental el dos de septiembre de dos mil dieciocho en la residencia que los dos compartían en Borriol.
La sentencia, dictada desde el resolución de culpabilidad emitida por un jurado popular el pasado once de junio de 2021, le impuso además de esto la obligación de indemnizar con un total de 300.000 euros por daños morales a los padres, un hermano y un hijo menor de la fallecida, fruto de una relación precedente. Tampoco puede acercarse ni comunicarse con ninguno de ellos en los próximos cuarenta años.
El acusado y su compañera sentimental sostuvieron una relación de 6 años de duración, mas el 1 de septiembre de dos mil dieciocho, tras una discusión, la mujer decidió dejarle. Como tenía temor a su reacción, aprovechó que estaba dormido para irse a casa de sus padres, en la ciudad de Castelló. Al día después, los dos sostuvieron una larga charla mediante mensajes telefónicos en los que le repitió su resolución de dejarle y le manifestaba de qué forma se sentía frente al trato que le dispensaba.
Sin embargo, en esa charla telefónica, el acusado consiguió persuadir a la víctima a fin de que volviese a casa, por lo que la recogió ese día en el domicilio de sus progenitores. Una vez en la residencia común, en Borriol, el penado aprovechó su superioridad física y la indefensión de su pareja y la hirió cuando esta se encontraba tumbada en situación horizontal. Concretamente, le clavó un arma blanca de unos cincuenta centímetros de longitud de hoja en un costado y la dejó «agonizar» hasta el momento en que murió a raíz de una hemorragia interna, como precisa la resolución judicial.
Al día después, el acusado, que tenía antecedentes penales -múltiples de ellos por violencia sexista contra otras parejas-, quedó con su hijo, al que comunicó que había hecho «algo realmente fuerte» y tenía por esta razón que abandonar el país. Tras efectuar distintas operaciones bancarias y dar instrucciones a su hijo a fin de que se hiciese cargo del negocio de cerrajería que dirigía, el cinco de septiembre cogió un avión en la villa de Madrid y escapó a Argentina.
Un par de meses y medio después, tras contactar con agentes de la Guarda Civil para manifestarles su voluntad de entregarse, fue detenido en la ciudad argentina de Posadas y extraditado con posterioridad a España.