La solicitud del voto por correo puede efectuarse hasta el 18 de mayo, ya sea de manera telemática en la página web de Correos o de forma presencial en cualquier oficina postal.
Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales que tendrán lugar el domingo 28 de mayo de 2023. Los electores pueden solicitar el certificado de inscripción en el censo electoral hasta el 18 de mayo, inclusive. La obtención de este certificado es esencial para emitir el voto por correspondencia y se puede solicitar de manera telemática a través de la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
Para solicitar el voto por correo de forma telemática, los electores pueden hacerlo en la página web de Correos, sin necesidad de acudir personalmente a una oficina postal. En este proceso, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y se aceptan como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Además, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos en España. Esta petición debe ser efectuada personalmente por cada elector, excepto en caso de enfermedad o discapacidad (acreditada mediante certificación médica oficial).
Para agilizar los trámites y evitar esperas en la solicitud del voto por correo, Correos ofrece la opción de cita previa en sus oficinas a través de su aplicación móvil, su página web o la Oficina Virtual. Los electores solo deben seleccionar una oficina con cita previa y elegir el día y hora que más les convenga.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. A partir del 8 de mayo, estas enviarán a los solicitantes la documentación necesaria para que puedan ejercer su voto por correo.
El plazo para depositar el voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.