Arranca la cuenta atrás para las elecciones europeas

Arranca la cuenta atrás para las elecciones europeas

El BOE publica el decreto de convocatoria de las elecciones europeas.

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó temprano este martes el real decreto de convocatoria de elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio, dando inicio al período electoral, que implica, entre otras cosas, la restricción de actos de inauguración y campañas institucionales.

Según nuestra legislación electoral, el decreto establece el número de escaños del Parlamento Europeo que se eligen, siendo en este caso 61 eurodiputados para nuestro país, conforme a una Decisión del Consejo Europeo del 22 de septiembre de 2023 que determinó la composición de la Eurocámara.

A diferencia de las elecciones generales, en los comicios al Parlamento Europeo no se utiliza la provincia como referencia electoral, sino que se emplea una circunscripción única que abarca todo el país.

Este decreto también establece la duración de la campaña electoral, que será de quince días, comenzando a las cero horas del 24 de mayo y finalizando a las veinticuatro horas del viernes 7 de junio.

Escrutinio

Hasta que se apruebe un procedimiento uniforme en toda la Unión Europea, cada Estado miembro regula su propio procedimiento electoral según sus disposiciones nacionales. En España, estas elecciones se rigen por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y por las normas reglamentarias que regulan los procesos electorales.

La información provisional sobre los resultados de las elecciones no podrá ser ofrecida hasta que hayan cerrado las urnas en el último Estado miembro de la Unión Europea en el que los electores hayan votado.

Por lo tanto, según el decreto, el escrutinio general comenzará a las 10 horas del día 14 de junio y deberá concluir no más tarde de las 24 horas del día 17 de junio. El recuento de votos a nivel nacional, la asignación de escaños a cada una de las candidaturas y la proclamación de los electos serán realizados por la Junta Electoral Central no más tarde del día 29 de junio.

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Inicio periodo electoral

Además de los 15 días de campaña, la publicación del decreto marca oficialmente el inicio del período electoral, que abarca 54 días en los que se limitan los actos oficiales de inauguración y la difusión de campañas institucionales.

También marca el comienzo de los diversos plazos del procedimiento electoral y sus etapas sucesivas: comunicación de coaliciones, recopilación de firmas para nuevas listas, nombramientos de representantes, presentación de candidaturas, recursos judiciales, entre otros.