Existen dos tipos de ayudas a las que se puede optar.
La Oficina Xaloc de la Mancomunidad del Alto Palancia se encarga de gestionar la tramitación de ayudas destinadas al pago de hipotecas, en casos donde estas hipotecas sean de tipo de interés variable, para personas en situación de vulnerabilidad. Estas ayudas están financiadas por el gobierno de la Generalitat Valenciana como parte de las medidas para reducir el riesgo de pérdida de vivienda habitual por parte de los colectivos vulnerables en riesgo de exclusión, debido a la dificultad para afrontar el pago de las cuotas hipotecarias.
El plazo para solicitar estas ayudas se extiende hasta el 15 de septiembre.
El Gobierno valenciano ha asignado un presupuesto de 6 millones de euros para estas ayudas, el cual podría aumentar según el número de solicitudes presentadas.
Aquellas personas interesadas pueden obtener información adicional en la oficina Xaloc del Alto Palancia, ubicada en la sede de la Mancomunidad en Soneja, en la calle Alto Palancia, número 4. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. Para solicitar una cita previa, se puede llamar al teléfono 659284460 o enviar un correo electrónico a ‘xaloc@altopalancia.es‘.
Existen dos tipos de ayudas a las que se puede optar. Por un lado, se encuentra una ayuda de 600 € destinada a unidades familiares con ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 25.200 €, y que hayan tenido una carga hipotecaria durante los últimos doce meses anteriores a la solicitud de la ayuda, equivalente al 40% o más de los ingresos netos anuales.
Por otro lado, se encuentra una ayuda de 300 € dirigida a unidades familiares con ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 33.600 €, y que hayan tenido una carga hipotecaria durante los últimos doce meses anteriores a la solicitud de la ayuda, equivalente al 50% o más de los ingresos netos anuales.
Las personas que pueden beneficiarse de estas ayudas son aquellas que formen parte de unidades familiares, lo cual incluye al deudor o deudora, su cónyuge o pareja de hecho, así como a los hijos que sean elegibles para deducciones y a los ascendientes que convivan con ellos. Estas personas deben cumplir con ciertos requisitos, como estar domiciliadas fiscalmente en la Comunitat Valenciana y ser titulares de un préstamo hipotecario para la adquisición de vivienda habitual con tipo de interés variable, el cual debe haber sido formalizado antes del 30 de junio de 2022 y tener un importe nominal concedido que no supere los 240.000 €.
La convocatoria también establece otros requisitos, como estar al corriente en los pagos de los últimos doce meses del préstamo hipotecario antes de solicitar la ayuda, no ser declarante del Impuesto sobre el Patrimonio y haber presentado la declaración de Renta en 2021, si existe la obligación de hacerlo. Cabe destacar que solo se podrá conceder la ayuda a uno de los miembros de cada unidad familiar.