Las ayudas pretenden contribuir al impulso y fomento de la transformación digital de la sociedad y economía en la Comunitat Valenciana.
La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo ha dado luz verde a las bases reguladoras y al régimen de gestión para las ayudas destinadas a la realización de eventos de transformación digital. Estas subvenciones cuentan con un importe máximo de 10.000 euros por evento o proyecto presentado.
El propósito estratégico de estas ayudas es contribuir al impulso y fomento de la transformación digital en la sociedad y economía valenciana, facilitando la transición hacia el nuevo modelo de economía digital. Se busca promover la participación de entidades, corporaciones, asociaciones empresariales, profesionales y el sector público instrumental de la Generalitat.
Los gastos subvencionables abarcan la organización e impartición de actividades formativas, siempre y cuando no excedan el valor de mercado, así como la difusión de las mismas. Se consideran gastos elegibles la disposición de sedes para la realización de cursos, la utilización de plataformas tecnológicas para la formación en línea y la elaboración exclusiva de materiales didácticos destinados al evento. También se incluyen los honorarios académicos y los gastos de asistencia de profesores o ponentes, entre otros.
Para ser elegibles, las propuestas deben cumplir con ciertos requisitos: una duración mínima de 8 horas, un presupuesto igual o superior a 1.000 euros, y contar con al menos 50 asistentes en cada actividad.
En cuanto a la evaluación de cada iniciativa, se valorará especialmente la continuidad en su realización, la existencia de ediciones anteriores en la Comunitat Valenciana y que estén relacionados con temáticas específicas, como Inteligencia Artificial, Ciberseguridad, Ciencia de Datos y Datacenter, Blockchain, Fintech, Negocios Digitales y Metaverso, otorgándoles una puntuación de 20 puntos.
Es importante destacar que esta subvención es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos para el mismo proyecto, provenientes de cualquier entidad pública o privada, ya sean nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre y cuando no superen, de forma individual o acumulada, el coste de la actividad subvencionada.