Benlloch valora llevar a la Audiencia Provincial la desestimación judicial de la demanda de nulidad en la venta del Hostal del Rei

Benlloch valora llevar a la Audiencia Provincial la desestimación judicial de la demanda de nulidad en la venta del Hostal del Rei

La sentencia del juzgado de primera instancia de Vila-real admite la existencia de “dudas”, que llevan al juez a no imponer costas. El alcalde pone la resolución en manos de abogados para estudiar la viabilidad de un recurso de apelación

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vila-real ha desestimado la demanda de nulidad de la compraventa del Hostal del Rei, edificio protegido de la ciudad con carácter nacional, por parte de Bankia a un particular. La sentencia desestimatoria argumenta que no se ejerció el derecho de tanteo y retracto de manera adecuada, aunque admite la existencia de “dudas de derecho” que llevan al juez a no imponer las costas del proceso. Tras conocer la sentencia, el alcalde, José Benlloch, ha requerido de los servicios jurídicos un informe, con el objetivo de valorar la interposición de recurso de apelación a la sentencia ante la Audiencia Provincial.

            “No estamos de acuerdo con la resolución judicial, aunque obviamente la respetamos. Por eso, y teniendo en cuenta que el propio juez admite la existencia de dudas, no vamos a tirar la toalla y, si el informe de los abogados determina que hay base jurídica para ello, interpondremos recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, con el objetivo de defender hasta el último momento los intereses de Vila-real”, valora Benlloch, quien recuerda que el Hostal del Rei és uno de los pocos edificios que quedan en la ciudad originarios de la época fundacional y que, junto a la plaza porticada medieval, está protegido como Monumento Nacional por su valor histórico-artístico. La demanda de nulidad de la compraventa del Hostal del Rei se presentó en enero de 2018, al considerar el Ayuntamiento que la venta del inmueble por parte de Bankia no había tenido en cuenta el derecho preferencial del consistorio a la adquisición de un elemento del patrimonio protegido, teniendo en cuenta, además, que Bankia es un banco nacionalizado. “Por tanto, Bankia, rescatada por el Estado con el pago de 46.000 millones de euros de todos los españoles, es también Administración pública y, como tal, debe regirse por el principio de lealtad institucional entre administraciones”, puntualiza el alcalde.

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            Sin embargo, esto no fue así y Bankia formalizó el 31 de julio de 2017 la venta del inmueble protegido, pese a los requerimientos del consistorio para que el edificio fundacional pasase a formar parte del patrimonio municipal. Por este motivo, en enero de 2018, se presentó la demanda de nulidad, que el juez de primera instancia desestima ahora. La resolución argumenta que el consistorio no ejerció de manera efectiva el derecho de tanteo y de retracto en los términos que disponen la ley 16/1985 de Patrimonio Histórico y la ley 4/1988 de la Generalitat de Patrimonio Cultural Valenciano, con los precios y condiciones impuestas por el vendedor –pago inmediato de 605.000 euros-. “Lo que planteamos en su día fue negociar estas condiciones, con un pago a cuatro años, teniendo en cuenta la lealtad entre administraciones, que el Ayuntamiento no puede disponer de esa cantidad de manera inmediata, y más teniendo en cuenta la situación económica heredada de los años de gobierno del Partido Popular, y que se trata de un Monumento Nacional. Sin embargo, Bankia se negó en todo momento”, recuerda Benlloch. “No vamos a dejar de luchar, con todos los instrumentos a nuestro alcance, por defender lo que creemos justo y beneficioso para Vila-real: que uno de los pocos vestigios que tenemos de nuestra fundación por el rey Jaume I, parte fundamental de nuestra historia y de nuestro patrimonio, sea de todos los vila-realenses”, concluye.