Cárcel por violar a su compañera en un centro de salud mental de Castellón

Cárcel por violar a su compañera en un centro de salud mental de Castellón

A pesar de la existencia de un sistema de vigilancia con cámaras de seguridad en los pasillos, personal sanitario y guardias de seguridad, nadie se percató de la entrada del acusado en la habitación de la mujer.

 

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha emitido una sentencia en la cual condena a un hombre de 46 años a cumplir una pena de cuatro años y medio de prisión por cometer un delito de agresión sexual. En esta sentencia, se reconoce la eximente incompleta de anomalía psíquica. El hombre violó a una compañera de la unidad de salud mental en un centro sanitario donde ambos se encontraban ingresados.

Además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto al acusado una serie de restricciones. Se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima, así como de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar donde pueda encontrarse durante un periodo de cinco años. Asimismo, se le prohíbe cualquier tipo de comunicación con la víctima a través de cualquier medio durante el mismo periodo.

La información ha sido proporcionada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La sentencia no es definitiva y se puede apelar ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Además de la condena de prisión, el hombre tendrá que pagar una indemnización de 3.000 euros por los daños morales a la víctima, quien tenía 26 años en el momento de los hechos. La sentencia también declara al centro sanitario como responsable civil subsidiario de dicha indemnización, ya que considera que no se llevó a cabo una adecuada vigilancia sobre los pacientes, permitiendo que el condenado ingresara en la habitación de la víctima sin que el personal se percatara y lo impidiera.

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Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2019, cuando tanto el agresor como la víctima estaban ingresados en la Unidad de Salud Mental de Castellón y entablaron una amistad.

La sentencia establece que durante la noche del 5 al 6 de febrero de ese mismo año, el acusado ingresó en la habitación donde se encontraba internada la víctima y se aprovechó de su discapacidad para llevar a cabo actos sexuales sin su consentimiento, a pesar de la resistencia que ella opuso.

La resolución también menciona que, a pesar de la existencia de un sistema de vigilancia con cámaras de seguridad en los pasillos, personal sanitario y guardias de seguridad, nadie se percató de la entrada del acusado en la habitación de la mujer. Fue la propia víctima quien tuvo que dirigirse al mostrador de control de enfermería para informar sobre lo sucedido.