Condenado por tirar a su pareja en marcha del coche en Vila-real

Condenado por tirar a su pareja en marcha del coche en Vila-real

La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la condena de 1 año de prisión por dar un puñetazo a su pareja y arrojarla del coche en marcha.

 

La segunda sección de la Audiencia Provincial de Castellón ha ratificado la condena de un año de prisión para un agresor reincidente, quien propinó un puñetazo en el rostro a su pareja, causándole sangrado en la boca. El incidente ocurrió en mayo de 2022 en Vila-real, cuando también agarró a la víctima por el cabello, la lanzó contra una pared y posteriormente la arrojó desde un coche en movimiento.

El condenado interpuso un recurso de apelación alegando errores en la valoración de la prueba y solicitando considerar su estado bajo los efectos del alcohol. No obstante, la sala respalda la evaluación de la prueba realizada por la jueza de primera instancia, quien fundamentó la condena en el testimonio de una testigo que presenció la agresión.

La testigo declaró en el juicio que tuvo que intervenir entre la pareja, y que el agresor, en su intento de justificarse, afirmó que la víctima lo había llamado «borracho». La testigo corroboró que la joven simplemente lloraba. Además, relató que, al llamar a la policía, el agresor le pidió que no lo hiciera porque tenía antecedentes, momento en el cual la pareja desapareció.

La sentencia condenatoria también destacó que, a pesar de las negaciones del agresor y los intentos de su pareja por eximirlo de responsabilidad, el testimonio de la testigo y las diligencias de la Policía Local de Almassora respaldan la veracidad de los hechos. Según el informe policial, la propia víctima se acercó espontáneamente a los agentes y relató que, tras recibir el golpe, ambos subieron al coche y, mientras circulaban, él la expulsó del vehículo en movimiento con una patada. Los informes médicos también respaldan que las lesiones eran consistentes con una caída desde un vehículo.

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En consecuencia, la sala desestima el recurso de apelación presentado por el agresor y, además, accede a la solicitud de la Fiscalía de aumentar de uno a dos años el período en el que el condenado no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima.