El BOE publica la convocatoria de elecciones generales para el 23 de julio y la disolución de las Cortes

El BOE publica la convocatoria de elecciones generales para el 23 de julio y la disolución de las Cortes

La campaña electoral abarcará del 7 al 21 de julio y las Cámaras celebrarán su sesión constitutiva el 17 de agosto.

 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el real decreto de disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales, firmado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y sancionado por el Rey, para el próximo 23 de julio.

La publicación del Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, marca el inicio del periodo electoral y establece todo el calendario establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), ya que entra en vigor de manera inmediata.

Este 30 de mayo también marca la primera fecha importante del proceso: la disolución del Congreso de los Diputados y del Senado, elegidos el 10 de noviembre de 2019. A partir de la medianoche de hoy, solo los miembros de las diputaciones permanentes de ambas cámaras seguirán en funciones, mientras que el resto de los parlamentarios perderán sus atribuciones, incluyendo sueldo y fuero.

El real decreto oficializa la fecha de las elecciones generales, anunciada el pasado lunes por Sánchez. Serán el 23 de julio, 54 días después de la publicación de la norma.

También se establece la fecha de inicio y finalización de la campaña electoral, que tendrá una duración de quince días. En esta ocasión, comenzará a las 00:00 horas del viernes 7 de julio, día de San Fermín, y finalizará a las 24:00 horas del viernes 21 de julio.

Por último, el decreto establece el día y la hora en que las Cámaras deben reunirse para celebrar su sesión constitutiva tras las elecciones, en la cual los diputados y senadores toman posesión de sus escaños y se elige al Presidente y a los demás miembros de las Mesas de ambas Cámaras. En este caso, la sesión constitutiva se llevará a cabo el próximo 17 de agosto, a las 10:00 horas.

El decreto real también establece el número de diputados que se elegirán en cada circunscripción: Albacete (4); Alicante (12); Almería (6); Álava (4); Asturias (7); Ávila (3); Badajoz (5); Baleares (8); Barcelona (32); Bizkaia (8); Burgos (4); Cáceres (4); Cádiz (9); Cantabria (5); Castellón (5); Ciudad Real (5); Córdoba (6); A Coruña (8); Cuenca (3); Gipuzkoa (6); Girona (6); Granada (7); Guadalajara (3); Huelva (5); Huesca (3); Jaén (5); León (4); Lleida (4); Lugo (4); Madrid (37); Málaga (11); Murcia (10); Navarra (5); Ourense (4); Palencia (3); Las Palmas (8); Pontevedra (7); La Rioja (4); Salamanca (4); Santa Cruz de Tenerife (7); Segovia (3); Sevilla (12); Soria (2); Tarragona (6); Teruel (3); Toledo (6); Valencia (16); Valladolid (5); Zamora (3); Zaragoza (7); Ceuta (1) y Melilla (1).