• VOX ha presentado su PNL en las Cortes sobre la aplicación de la Ley de Banderas en los institutos de enseñanza pública de la Comunidad Valenciana
- PP y Cs votaron a favor y PSPV, Compromís y Unides Podem, en contra
El PSPV ha rechazado en las Cortes Valencianas la PNL presentada por VOX que pedía la aplicación de la Ley de Banderas en los institutos de enseñanza pública de la Comunidad Valencia. El Grupo Parlamentario VOX exigía, en su PNL, que se haga cumplir la ley y ondee la bandera de España en todos los centros públicos.
Durante el pleno, se llevó a cabo la votación sobre la PNL presentada por VOX. Tanto Ciudadanos como PP votaron a favor de la propuesta de VOX pero, PSOE, Compromís y Unides Podem, votaron en contra. El resultado fue de 46 votos a favor y 48 en contra. Llanos Massó, portavoz adjunto del Grupo Parlamentario VOX en las Cortes Valencianas y diputada que defendió la iniciativa, explica que “vemos, una vez más, la pasividad y permisividad del partido socialista ante quienes pretenden ningunear y hacer desaparecer los símbolos que representan nuestra nación. Simplemente hemos propuesto que se haga cumplir una ley que forma parte de nuestra Constitución y que tenemos constancia de que no se está cumpliendo.
El PSOE –continúa la portavoz- ha actuado, como viene haciendo últimamente, en contra de España, como ha sucedido con la recriminación del Ministro del Interior a la Guardia Civil por la detención de los terroristas de los CDRs en Cataluña durante esta semana”.
Según la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas, indica en su artículo 3.1 que la bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado. Y, en concreto en su artículo 4, en las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo sexto de la presente ley.