El fallo judicial rechaza la pretensión de los dueños de las parcelas donde se ubica una gasolinera con túnel de lavado en el Grau para que el terreno se considerase suelo urbano.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha emitido una nueva sentencia que respalda el Plan General de Castelló, desarrollado bajo la dirección de los gobiernos progresistas liderados por el Partido Socialista.
Esta decisión judicial sigue la línea de anteriores resoluciones del TSJCV, fortaleciendo así el trabajo técnico y político realizado para diseñar el futuro de la ciudad.
El portavoz adjunto del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Castelló y responsable del área de Urbanismo durante la tramitación del Plan General, José Luis López, ha destacado que «frente a la demagogia y mentiras del Partido Popular, que votó en contra del plan a pesar de ser responsable del fracaso urbanístico de Castelló en sus años de gobierno, ahora vemos que nuestro proyecto de ciudad cuenta también con el respaldo de los tribunales».
La reciente sentencia aborda la demanda presentada por los propietarios de dos parcelas en la avenida del Puerto, donde actualmente se ubica una gasolinera con tienda y túnel de lavado. Según el Plan General aprobado el 17 de diciembre de 2021 por la Comisión Territorial de Urbanismo, dichas parcelas estaban clasificadas como suelo no urbanizable común. Los demandantes argumentaron que las parcelas ya contaban con los servicios urbanísticos necesarios para ser consideradas como suelo urbano y, por lo tanto, deberían haber sido integradas en la malla urbana.
No obstante, la Abogacía de la Generalitat, en su informe de oposición a la demanda, al que se adhirió el Ayuntamiento de Castelló, señaló que la clasificación de una parcela como suelo urbano requiere más que la mera disponibilidad de servicios; es necesario que la parcela esté inserta en la trama urbana de la ciudad, lo cual no es el caso de las parcelas en cuestión.
El TSJCV confirmó esta interpretación, subrayando que la parcela, aunque dispone de ciertos servicios urbanísticos, no se encuentra dentro de la malla urbana, por lo que no puede ser clasificada como suelo urbano según la normativa vigente.
Otras Sentencias Relevantes
Esta sentencia se suma a otras decisiones judiciales que han avalado la gestión urbanística del PSPV, recuerda López, «por ejemplo, en el trámite de alegaciones al Plan General Estructural de Castelló, el Ayuntamiento de Borriol planteó discrepancias sobre la delimitación de los términos municipales. Sin embargo, el TSJCV resolvió que la planificación se ajustó a la normativa, al basarse en la cartografía oficial del Institut Cartogràfic Valencià«.
Además, en un caso de gran envergadura, el TSJCV rechazó el recurso presentado por la Asociación de Vecinos Sant Joan del Riu Sec, que buscaba la nulidad total del Plan General. La asociación había planteado diversas objeciones, incluyendo la caducidad de consultas previas y la falta de informes necesarios. No obstante, tras analizar las alegaciones de la Abogacía de la Generalitat y del Ayuntamiento de Castelló, el tribunal desestimó todas las reclamaciones.
Otra sentencia relevante se refirió al recurso de una empresa propietaria de varias fincas en el Grau, que también reclamaba la clasificación de sus parcelas como suelo urbano. El TSJCV, tras considerar las alegaciones, confirmó que la planificación en esta zona fue adecuada, ya que las parcelas, aunque dotadas de ciertos servicios urbanísticos, no están insertas en la malla urbana. Concluye el portavoz socialista.