El TSJCV sentencia que las cruces «resignificadas» no infringen la Memoria Histórica

El TSJCV sentencia que las cruces «resignificadas» no infringen la Memoria Histórica

El TSJCV estima parcialmente el recurso de Abogados Cristianos sobre las cruces "resignificadas".

 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dado una respuesta favorable, aunque parcial, al recurso interpuesto por la Fundación Española de Abogados Cristianos. En su sentencia, el tribunal considera que las cruces «resignificadas» o aquellas que no contienen texto alguno no vulneran la Ley de Memoria Histórica. La resolución fue emitida el pasado 5 de diciembre y afecta directamente a cinco cruces en la región: la situada en la avenida Doctor Gadea con Maisonnave de Alicante (dedicada a los caídos en defensa de sus ideales), la Cruz de las Germanías de Elche (Alicante), la del Parque Ribalta de Castellón, la de la plaza del pueblo de Herbés (Castellón) y la del puerto de Querol en Morella (Castellón). Todas estas cruces no tienen texto alguno en sus inscripciones.

El origen de este proceso judicial se encuentra en un recurso presentado por los Abogados Cristianos contra una resolución de la Consellera de Calidad Democrática del 9 de diciembre de 2022. Esta resolución contenía un acuerdo de la comisión técnica encargada de actualizar el catálogo de vestigios de la Guerra Civil y la dictadura. Dicho catálogo identificaba una serie de elementos contrarios a la memoria democrática que debían ser retirados o eliminados. La Fundación Abogados Cristianos justificó su acción en un doble interés: patrimonial y cristiano, solicitando la anulación del catálogo para que se aclarara previamente si las cruces u otros vestigios habían sido «resignificados» o no.

Por su parte, la Abogacía de la Generalitat cuestionó la legitimación de la Fundación Abogados Cristianos, argumentando que el catálogo no implicaba la retirada de monumentos, sino que dicha decisión dependía de cada titular del bien en cuestión. Añadieron que la catalogación como elementos contrarios a la memoria democrática no implicaba necesariamente un daño al patrimonio histórico español.

Catálogo elaborado por el Gobierno Valenciano

El TSJCV ha subrayado en su fallo que ninguno de los elementos identificados en el catálogo elaborado por el Gobierno Valenciano está incluido en el patrimonio cultural. Sin embargo, destacó que la inclusión de estas cruces en el catálogo «constituye un acto declarativo con su calificación de que es contrarios a la memoria democrática y dignidad». Además, el tribunal recordó que la ley autonómica que sustentaba esta normativa, la 14/2017, ha sido derogada.

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Aunque el catálogo incluye una variedad de bienes, la sentencia se centra exclusivamente en las cruces. El TSJCV señala que la Fundación Abogados Cristianos no tiene legitimación para impugnar la inclusión de monumentos o elementos que no tengan un carácter religioso cristiano.

Respecto a la tesis defendida por los Abogados Cristianos, el tribunal considera que «no toda alteración de las características de un monumento expuesto públicamente merece ser calificada en rigor como una resignificación que suponga la baja en el catálogo de vestigios». Sin embargo, añade que en el caso de las cruces «desaparece la connotación que sí pudo tener en sus orígenes» relacionada con la «conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo de la sublevación militar de 1936 y del franquismo».

Ante esta resolución, los Abogados Cristianos han anunciado que solicitarán la revisión de todas las sentencias que han avalado el derribo de cruces en la Comunitat Valenciana, como la de Callosa de Segura (Alicante). En un comunicado, la presidenta de la organización, Polonia Castellanos, expresó que esta sentencia supone «un espaldarazo a nuestra defensa de las cruces en España», y aseveró: «No vamos a permitir ni un derribo más e iniciaremos procedimientos para que regresen a sus emplazamientos todas las cruces derribadas hasta ahora».

Fotografía portada. Archivo. Importante despliegue Policial en la retirada de la Cruz de Ribalta en Castellón a 4 de enero de 2025.