José María Llanos (VOX) exige el fin de las restricciones

José María Llanos (VOX) exige el fin de las restricciones

Pide al Consell eliminar el toque de queda “que está llevando a la ruina a miles de compatriotas”

  • También reclama que los hosteleros y comerciantes puedan abrir con libertad

 

  • Afirma que “es urgente acabar con las restricciones al trabajo y devolver a las empresas la libertad para trabajar

 

 

El presidente y portavoz adjunto del Grupo Parlamentario VOX Comunidad Valenciana, José María Llanos, ha presentado hoy una Proposición No de Ley (PNL) en la que insta al Consell a “no imponer ningún toque de queda ni restricciones a la movilidad en el territorio o medidas que afecten a los derechos fundamentales de los valencianos”.

También pide que “se permita a los establecimientos hosteleros, locales comerciales y cualquier otro tipo de actividad pueda abrir conforme al horario y condiciones de su licencia de actividad, sin perjuicio de las medidas de ordenamiento del espacio que puedan ser temporalmente necesarias para evitar aglomeraciones y contactos estrechos dentro de los establecimientos y de las medidas de protección sanitaria personal”.

Además, solicita al Consell que éste pida, a su vez, al Gobierno de España que “no imponga nuevas restricciones que afecten a los derechos fundamentales de los españoles”.

Tal y como ha afirmado: “Es inadmisible que, finalizado el estado de alarma, las Comunidades Autónomas empleen instrumentos de discutible legalidad, para mantener limitaciones a la libre circulación y residencia de los españoles, restricciones a la libertad de culto o el derecho de reunión pacífica y sin armas, así como restricciones arbitrarias a la libertad de empresa y de actividad o el derecho al trabajo”.

Y ha reivindicado la necesidad urgente de “poner fin todas las medidas que, con dudosa base legal, han suspendido los derechos y libertades de los españoles y han supuesto la ruina de cientos de miles de compatriotas”.

Llanos ha señalado que, una vez decaído el estado de alarma, “el Gobierno ha roto definitivamente con el principio de respuesta sanitaria nacional y unidad de acción en la lucha contra el virus dejando a la absoluta discreción de las comunidades autónomas la declaración de toques de queda y de nuevas restricciones de derechos fundamentales y libertades individuales”.

La principal consecuencia de este nuevo Real Decreto-Ley –no convalidado ni discutido por el Congreso de los Diputados, sede de la soberanía nacional- “es una manifiesta desigualdad entre españoles de distintos territorios, donde sus derechos y libertades varían según la parte del territorio en la que se encuentren, algo que está lejos de respetar el artículo 14 de la Constitución”.

Asimismo, ha recordado que, durante meses, los españoles han tenido que soportar cómo las autoridades autonómicas, ante la dejación de responsabilidades del Gobierno de la Nación, “han restringido derechos constitucionales como el derecho a la libre circulación y residencia, el derecho de reunión o manifestación, la libertad de culto y el derecho al trabajo y a la libertad de empresa. Estas restricciones han tenido como consecuencia que cientos de miles de españoles hayan sido privados de su derecho al trabajo, ocasionando pérdidas millonarias que no han sido compensadas por aquellos que han tomado estas decisiones desproporcionadas y, en muchas ocasiones, sin una base científica o sanitaria solvente”.

Además, ha explicado que, en este año de pandemia, más de 620.000 españoles han perdido su empleo, alcanzando la escalofriante cifra de 4 millones de parados y más de medio millón aún en Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs).

Finalizado el estado de alarma, y a la espera de la decisión del Tribunal Constitucional en relación a los recursos interpuestos, “es necesario que las Administraciones Públicas de España acaben con las restricciones de movilidad y los toques de queda arbitrarios que han generado dudas sobre por su afectación directa a los derechos fundamentales de los españoles”.

Para Llanos, “España tiene que protegerse, pero no debe detenerse”. Pasado un año desde el inicio de la pandemia, a las puertas de una temporada de verano crucial para muchos sectores estratégicos de nuestro país, como la hostelería o el turismo, “es urgente acabar con las restricciones al trabajo y devolver a las empresas la libertad para trabajar”.

Los cierres de la hostelería y las restricciones a la movilidad no siguen necesariamente una proporción directa con la evolución de los datos sanitarios de Covid-19. En muchos casos, medidas más duras sostenidas en el tiempo no han disminuido los contagios o fallecimientos por coronavirus.

Desde el prisma jurídico-legal, ha asegurado José María Llanos, “existen abundantes argumentos para que las administraciones autonómicas se abstengan de mantener este tipo de restricciones: Las medidas para la gestión de la pandemia posteriores a la regulación establecida en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma, no pueden subsumir las previsiones del régimen excepcional contenidas en éste, mediante la aplicación de dicho estado, previsto en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio”.

Además, ha continuado, “las medidas que restringen o limitan los derechos fundamentales consagrados en los artículos 14 a 29 y 30.2 de la Constitución, por tal razón, están necesariamente sujetas a reserva de ley orgánica, de conformidad con el art. 81 de la Constitución. Tales medidas no constituyen un desarrollo normativo que, por su contenido, pueda ampararse en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública”.

En definitiva, las disposiciones de las comunidades autónomas “no pueden vulnerar las competencias estatales establecidas en el art. 149.1.1ª («regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales»); 16.ª («bases y coordinación general de la sanidad») y 18.ª («bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas») de la Constitución”.

En especial es necesario reafirmar la competencia estatal exclusiva sobre las «bases y coordinación general de la sanidad» ex artículo 149.1.16.ª de la Constitución y su carácter básico.

Hasta el momento en que las Cortes Generales, depositarias de la soberanía nacional, materialicen la devolución al Estado de las competencias en sanidad, las comunidades autónomas ostentan únicamente competencias de «desarrollo legislativo» y «ejecución» de la legislación sanitaria básica del Estado, de acuerdo con lo previsto en sus respectivos Estatutos -para las Islas Baleares, el artículo 30.48 de su norma estatutaria. “En cualquier caso, las leyes autonómicas deben pues adecuarse a lo dispuesto en la legislación estatal básica”, ha concluido.