Los ministros también acordaron reducir la edad para la conducción de camiones a los 18 años, en comparación con la edad actual de 21 años.
Los países de la Unión Europea acordaron este lunes la posibilidad de que se inicie la conducción de automóviles a partir de los 17 años, siempre y cuando el conductor esté acompañado por un adulto mayor de 24 años que posea la licencia de conducir desde hace al menos cinco años. Sin embargo, la normativa final aún deberá ser negociada con el Parlamento Europeo.
La medida, consensuada durante una reunión en Bruselas entre los ministros de transporte de la UE, establece que el acompañante no puede haber perdido su licencia de conducir en los últimos cinco años. Además, contempla que el conductor de 17 años solo podrá conducir en el país que emitió la licencia y no en otros Estados miembros.
En otro orden de ideas, los ministros también acordaron reducir la edad para la conducción de camiones a los 18 años, en lugar de los 21 actuales, con algunas excepciones. Esta medida afectará únicamente a la conducción de camiones de bomberos, aquellos utilizados para el mantenimiento del orden público y aquellos sometidos a pruebas en carretera para su reparación o mantenimiento.
Asimismo, los ministros respaldaron la propuesta de la Comisión Europea para que la retirada del permiso de conducir en un Estado miembro implique automáticamente la prohibición de conducir en cualquier país de la Unión Europea.
Esta legislación, que actualmente aborda infracciones como el exceso de velocidad o la conducción bajo los efectos de las drogas, busca extenderse a casos de conducción sin mantener distancia de seguridad, adelantamiento peligroso, conducción en sentido contrario o uso de vehículos sobrecargados.
Los países también añadieron delitos como el incumplimiento de las restricciones de acceso de vehículos o de las normas en un paso a nivel ferroviario, así como casos de atropello y fuga.
Los ministros de Transporte también acordaron una aproximación común para la actualización de las normas sobre los tiempos de descanso de los conductores profesionales que realizan transportes ocasionales de pasajeros, como en el caso de autobuses turísticos.
En términos generales, los Veintisiete respaldaron las sugerencias de la propuesta inicial de la Comisión Europea en la revisión del reglamento. Sin embargo, abogaron por permitir la sustitución del período de descanso mínimo requerido de 45 minutos por descansos de al menos 15 minutos cada uno (sumando al menos 45 minutos en total), distribuidos durante el período de conducción de 4,5 horas. Esto sería aplicable siempre que el tiempo total de conducción acumulado para ese día no haya excedido las 7 horas.
Además, propusieron introducir «flexibilidad» para «posponer el período de descanso diario en 1 hora, siempre que el tiempo total de conducción acumulado para ese día no haya superado las 7 horas«. Esta opción se ejercería una vez durante un viaje con una duración de al menos 6 días o dos veces durante un viaje de al menos 8 días.