El Instituto Tecnológico del Plástico destaca que, a partir de enero, será obligatorio que los envases domésticos especifiquen el contenedor correspondiente para garantizar un reciclaje adecuado.
Desde este 1 de enero de 2025, todos los envases destinados a uso doméstico deberán incluir, de manera obligatoria, información sobre la fracción o el contenedor específico donde deben depositarse como residuos. Esta normativa no aplica a los envases B2B (Business to Business) y forma parte de las disposiciones establecidas por el Real Decreto 1055/2022 sobre Envases y Residuos de Envases. Este decreto detalla qué información debe ser obligatoria, cuál es voluntaria y cuáles mensajes están prohibidos en el etiquetado de los envases.
Liderazgo de España en la regulación de envases
El Instituto Tecnológico del Plástico (AIMPLAS) ha destacado que España, con este Real Decreto, se adelantó a las disposiciones del nuevo Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases, el cual entra en vigor este mismo año. Este reglamento supone un hito en la regulación de productos de uso cotidiano, sustituyendo a la Directiva 94/62/CE. Entre sus objetivos principales destacan la reducción de residuos, el fomento de la reutilización y el reciclaje, y la garantía de que todos los envases sean reciclables para 2030, promoviendo así la transición hacia una economía circular.
Introducción del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR)
A partir de 2025, los envases deberán incluir información sobre su reutilización e incorporar el símbolo del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). Este sistema implica que el consumidor pague un depósito adicional al adquirir productos envasados y recupere ese importe al devolver el envase vacío. Inicialmente, esta medida se aplicará a envases domésticos de PET y polietileno de menos de 3 litros y de un solo uso.
Adopción obligatoria de los sistemas RAP por parte de las empresas
Otra medida clave del RD 1055/2022 es la obligación de las empresas de adherirse a Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAPs o SCRAPs) para envases comerciales e industriales. Estas plataformas buscan garantizar que las empresas asuman la gestión de los residuos de envases al final de su vida útil mediante el pago de una tasa. La fecha límite para la implementación de estos sistemas fue el 31 de diciembre de 2024.
Prohibición de ciertos envases de plástico de un solo uso para 2030
El Real Decreto también establece que, a partir de 2030, quedará prohibido el uso de ciertos envases de plástico de un solo uso, como:
- Envases para frutas y verduras frescas sin procesar.
- Envases para alimentos y bebidas consumidos en cafeterías y restaurantes.
- Envases individuales para condimentos, salsas, crema o azúcar.
- Envases pequeños para productos de higiene personal.
- Bolsas de plástico ultraligeras (menos de 15 micras).
Además, los fabricantes deberán reducir al mínimo el peso y volumen de los envases, siempre considerando la seguridad y funcionalidad del producto.
Etiquetado armonizado y nuevas exigencias de información
La Comisión Europea ha planteado la necesidad de establecer etiquetas armonizadas que informen sobre la composición de los envases, su contenido reciclado y otros datos clave. Los envases compostables deberán incluir pictogramas que detallen su composición (compostable o home-compostable) y podrán incorporar códigos QR con información adicional.
El papel crucial de los plásticos y la necesidad de regulaciones claras
AIMPLAS ha subrayado la importancia de los plásticos en sectores clave como la preservación de alimentos, la seguridad en el transporte y el mantenimiento de la calidad de los productos. Por ello, considera fundamental que las normativas sean claras y transparentes, beneficiando a todos los actores de la cadena de valor y, en última instancia, al consumidor final.
Hacia un futuro más sostenible
Con la implementación de estas medidas, España reafirma su compromiso con la sostenibilidad y la economía circular, marcando un camino claro hacia un manejo más responsable de los envases y sus residuos.