El año pasado, en el ámbito del tráfico, la nueva Ley de Seguridad Vial acaparó la atención al implementar sanciones más severas para infracciones como el uso del teléfono móvil mientras se conduce o la instalación de detectores de radar, además de la controvertida eliminación del margen de 20 km/h para adelantar.
Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previstos más cambios en su hoja de ruta para este año 2023, los cuales fueron anunciados el verano pasado como parte de la Estrategia de Seguridad Vial 2030, plan que se divide en cuatro fases, siendo la primera la de 2022/2023.
Algunas medidas ya han sido implementadas, como el cambio de ciertas señales de tráfico verticales y el nuevo protocolo de exploración médica para renovar el permiso de conducir. Sin embargo, otras aún no han entrado en vigor y se espera que lo hagan en este año 2023, siempre y cuando la DGT cumpla con el calendario establecido. Estas son las medidas más destacadas.
Renovación carnet mayores de 65 años
Posiblemente la medida más destacada de este conjunto de novedades es la imposición de plazos más cortos para renovar el permiso de conducir en el caso de conductores mayores de 65 años, una propuesta que ha estado en discusión durante un tiempo y pronto será implementada.
En la actualidad, los conductores mayores de 65 años deben renovar su permiso de conducir cada cinco años en el caso del carnet de coche, un plazo ya reducido en comparación con el de otros conductores, que es de 10 años. Sin embargo, la DGT considera que esta horquilla de tiempo sigue siendo demasiado amplia, especialmente para los conductores de mayor edad.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha expresado en múltiples ocasiones su opinión sobre la renovación del permiso de conducir para una persona de 90 años hasta los 95 años, afirmando que suena extraño.
La DGT continúa analizando cuáles serán los nuevos plazos para la renovación del permiso de conducir, y aunque su intención es reducirlos, aún no se ha confirmado en qué medida se hará. Se está considerando la posibilidad de subdividir los plazos en diferentes intervalos según la edad de los conductores, con plazos más cortos para los grupos de edad más avanzada. La DGT ha señalado la importancia de subdividir ese grupo «excesivamente amplio y diverso».
Antes de la reforma de 2009, ya existían dos plazos diferenciados para la renovación del permiso de conducir. Los nuevos plazos podrían ser similares a los anteriores: Cada cinco años: conductores de entre 46 y 69 años y cada dos años: conductores mayores de 70 años.
Aunque el protocolo del reconocimiento médico ha sido actualizado por la DGT y ahora es más unificado e incluye una exploración más completa, no se ha mencionado en la batería de novedades ningún cambio específico en el psicotécnico. El enfoque principal de la DGT está en acortar los plazos de renovación del permiso de conducir, pero esto no afectará al psicotécnico, que sigue siendo igual para la mayoría de los conductores, independientemente de su edad.
Seguro obligatorio y edad mínima para los patinetes eléctricos
Aunque ya existe una normativa específica para los patinetes eléctricos en las ciudades, que establece por dónde pueden circular y obliga a los menores de edad a llevar casco, la DGT tiene la intención de imponer un seguro obligatorio para circular con ellos.
El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha reiterado esta medida a finales del año pasado, pidiendo «colaboración y responsabilidad» para su implantación. Tanto los ayuntamientos españoles como la Fiscalía de Seguridad Vial han solicitado esta medida debido al creciente número de vehículos de movilidad personal y al aumento de los incidentes de tráfico relacionados con ellos.
También se contempla la imposición de una edad mínima para conducir patinetes eléctricos, algo que ya se ha establecido en algunas ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia en sus ordenanzas municipales. En Madrid, por ejemplo, la edad mínima es de 15 años, mientras que en las otras dos ciudades es de 16 años.
Además, se ha aprobado que a partir de enero de 2024, los patinetes eléctricos que se comercialicen deberán contar con un certificado de circulación que garantice su seguridad técnica. Hasta el 22 de enero de 2027, se permitirá la circulación de patinetes eléctricos que no dispongan de este certificado, pero a partir de esa fecha será obligatorio contar con él.
Más simple matricular histórico y libre circulación en ZBE
Finalizamos las novedades programadas para este año con la actualización del reglamento para los vehículos históricos, el cual reemplazará al actual que data de 1995. Este es probablemente el primer cambio que se aplicará, ya que el borrador fue redactado a finales de 2022 y ya ha sido sometido a consulta pública. Se espera que entre en vigor durante el primer trimestre de 2023.
Aunque el requisito de que el vehículo tenga al menos 30 años seguirá vigente, se simplificará el proceso de catalogación y eliminando la inspección previa en un laboratorio oficial acreditado, así como la inspección específica.
Siguiendo el modelo inglés, los vehículos producidos o matriculados antes de 1950 no tendrán que pasar la ITV. Sin embargo, para el resto de vehículos, la inspección seguirá siendo obligatoria y los plazos oscilarán entre dos, tres y cuatro años.
Uno de los cambios de la nueva normativa es que se permitirá la circulación de vehículos históricos por las Zonas de Bajas Emisiones sin restricciones. En algunas ciudades, como Madrid, ya se permite esta circulación, pero a partir de 2025 en toda la ciudad será obligatorio contar con una etiqueta para circular y los vehículos históricos se incluirán en las excepciones permanentes.