Nueva Ley General de Comunicación Audiovisual: Regulación de «Influencers», más minutos de publicidad en TV y control de redes sociales

Nueva Ley General de Comunicación Audiovisual: Regulación de «Influencers», más minutos de publicidad en TV y control de redes sociales

La Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha señalado la regulación de los 'influencers', la protección de los menores por  parte de televisiones y las plataformas OTT, y el desarrollo de la corregulación, como primordiales aspectos positivos de la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual.

 

Así lo ha comunicado este jueves la Asociación de Usuarios de la Comunicación, que ha hecho un cómputo sobre la nueva regla, una vez que el Pleno del Senado aprobase la ley, sin cambios, por lo que esta regla queda claramente aprobada y va a entrar en vigor con su publicación en el Folleto Oficial del Estado (BOE).

La entidad ha puesto de relieve que, por vez primera, la ley se encarga de las compañías de internet (llamadas plataformas de intercambio de vídeos) y de las redes sociales cuando propagan contenidos audiovisuales.

Por otra parte, la asociación ha explicado que la nueva regla «apuesta en mayor medida que la presente Ley 7/2010» por la regulación voluntaria (autorregulación y la corregulación) y por la alfabetización mediática e informacional,

Reconociendo de forma expresa la participación de la sociedad civil en estos campos mediante las organizaciones de consumidores y usuarios.

En materia de protección de menores, ha señalado que se fuerza a todos y cada uno de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual (televisiones y plataformas OTT) a facilitar información sobre el contenido que puede ser perjudicial para dichos menores, contemplando asimismo la posibilidad de llenar la calificación de edades con descriptores temáticos, como ocurre ahora con el etiquetado de los juegos.

Respecto a las franjas horarias que se aplican a la oferta televisiva lineal, la emisión de aquellos programas cuya calificación sea ‘no recomendada para menores de dieciocho añosproseguirá estando prohibida entre las seis de la mañana y las diez de la noche.

Por otra parte, la asociación ha señalado, como aspecto positivo de la nueva normativa, la integración de la figura legal de ‘usuarios de singular relevancia‘, que

Va a permitir por fin la regulación de la actividad de vloggers e influencers, al asimilarlos en buena medida a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual a solicitud o bajo demanda.

«Más laxa es la obligación de protección del menor en el caso de los prestadores de internet y redes sociales, puesto que no se reconoce su responsabilidad en los contenidos que propagan procedentes de terceros, y además de esto se favorecen del principio de país de origen para sortear la normativa de otros Estados miembros», ha criticado.

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Sí se les impone la utilización de sistemas de verificación de edad y el establecimiento de mecanismos que dejen a sus usuarios calificar los contenidos dependiendo de la edad, mas AUC estima,

Esas medidas son, deficientes para eludir el acceso de los menores a contenidos de pornografía y violencia extrema.

Sobre las comunicaciones comerciales, ha indicado que, «por vez primera desde finales de los ochenta«, se permiten los anuncios de bebidas alcohólicas de alta graduación en TV, desde la una de la madrugada. El resto de bebidas alcohólicas van a poder proseguir anunciándose desde las ocho y media de la tarde. La 1.oo horas de la madrugada es asimismo la hora límite para la propaganda de juegos de azar y para la del esoterismo y las paraciencias,

Prosigue sin considerarse un fraude para los usuarios y consumidores».

Conforme ha dicho AUC.

La nueva ley contempla asimismo la posibilidad de acrecentar el número de anuncios emitidos por las televisiones, pasando del presente límite de 12 minutos/hora a un límite máximo de 144 minutos entre las 06.00h y las 18.00 horas y de 72 minutos entre las 18.00 y las 24.00 horas.

Ello puede suponer un incremento de la saturación promocional en las franjas de mayor audiencia, afectando de forma negativa tanto a los derechos de espectadores como a los intereses de los anunciantes.

Ha concluido.