PP y Vox obtienen una ‘resolución parcial’ por los «mensajes de logros» de Generalitat Valenciana con la Renta 2022

PP y Vox obtienen una ‘resolución parcial’ por los «mensajes de logros» de Generalitat Valenciana con la Renta 2022

Los demandantes alegaron que estos mensajes violaban el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), al considerar que existía un "sesgo de propaganda política."

 

La Junta Electoral ha ordenado a la Generalitat que modifique sus mensajes de promoción de la Renta 2022, prohibiendo la mención de «logros o mejoras«. La campaña institucional en la web de la Generalitat debe ser suspendida, permitiendo solo aquellos contenidos necesarios para la protección del interés público o el correcto funcionamiento de los servicios públicos.

Esta decisión se basa en una resolución, que soluciona parcialmente una queja presentada por el Partido Popular, a la que se ha unido Vox. Ambos partidos presentaron una queja sobre unos mensajes publicados en abril en la cuenta de Twitter de la Generalitat respecto a la Campaña de la Renta 2022.

Los demandantes alegaron que estos mensajes violaban el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG), al considerar que existía un «sesgo de propaganda política» al promocionar una reducción de impuestos como un «logro» de la actuación del Consell en materia impositiva.

La Junta Electoral ha decidido no abrir un expediente sancionador por estos mensajes. Sin embargo, la resolución, que puede ser impugnada ante la Junta Electoral Central, establece que la campaña «viola lo establecido tanto en el artículo 50 de la LOREG como en la Instrucción 2/2011» de la Junta Electoral Central.

«CONFUSIÓN» EN LA QUEJA

No obstante, la resolución también destaca «una confusión en la queja-reclamación entre lo que aparece en la web de la Generalitat y en el perfil personal de Ximo Puig«. Asimismo, se hace hincapié en que «en ocasiones se refiere, no a mensajes, sino a la reproducción de noticias aparecidas en los medios de comunicación con motivo de actos institucionales o bien la publicación de ayudas o subvenciones que revisten interés para los ciudadanos, que deben conocer las actividades ordinarias del Ejecutivo».

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