Requisitos para acceder a las ayudas de alquiler de vivienda

Requisitos para acceder a las ayudas de alquiler de vivienda

Aquellas personas con ingresos más bajos y en situaciones especiales podrán recibir un porcentaje de ayuda superior.

 

La Vicepresidencia Segunda y la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda han publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria para la concesión de ayudas del Programa de Ayudas al Alquiler de Viviendas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, correspondiente al ejercicio 2023.

El monto total de las ayudas asciende a 18.436.600 euros, de los cuales 13.981.800 euros corresponden al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y 4.454.800 euros a la Generalitat.

El objetivo de estas ayudas es facilitar el acceso a una vivienda o habitación en alquiler o cesión de uso a sectores de la población con escasos recursos económicos, mediante la concesión de ayudas para el pago del alquiler.

El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas comenzará este jueves 19 de octubre y finalizará el 20 de noviembre, inclusive, y preferentemente se podrá realizar de manera electrónica, según informa la administración autonómica en un comunicado.

Las ayudas se otorgarán por un período máximo de dos años o 24 mensualidades, que corresponden a las mensualidades devengadas entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

El monto de la ayuda recibida se ajustará a la situación socioeconómica de las personas o unidades de convivencia, de manera que aquellos con ingresos más bajos y en situaciones especiales podrán recibir un porcentaje de ayuda superior.

Esta ayuda tiene como objetivo principal subvencionar el alquiler de viviendas o habitaciones que sean la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia que solicite la ayuda, y que estén debidamente reflejadas en el contrato de arrendamiento.

Además, para ser elegible para estas ayudas, se deben cumplir otros requisitos fundamentales,

La suma total de los ingresos anuales de todas las personas que conviven en la vivienda no debe exceder en ningún caso de 3 veces el IPREM.

Sin embargo, existen excepciones, como por ejemplo, cuando se trata de familias numerosas generales o personas con discapacidad, donde el límite se amplía a 4 veces el IPREM. En el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %, el límite se establece en 5 veces el IPREM.

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Además, se considerarán situaciones especiales para grupos de atención prioritaria,

Personas afectadas por procedimientos de desahucios, ejecución hipotecaria o dación en pago; familias monoparentales con hijos o hijas, o personas que viven solas y cuyos ingresos anuales no superan 1 IPREM; mujeres víctimas de violencia de género; jóvenes que hayan salido de tutela; personas que han estado en prisión anteriormente; aquellos afectados por situaciones catastróficas; mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, especialmente cuando tienen hijos menores a su cargo.

Es importante tener en cuenta que estas ayudas se otorgarán únicamente para alquileres que no superen el límite del precio de alquiler establecido en las bases. El precio máximo de alquiler permitido variará en función de la localidad donde se encuentre la vivienda, y puede oscilar entre 420 y 770 euros mensuales para alquiler y cesión de vivienda, y entre 175 y 300 euros mensuales para alquiler o cesión de habitación.

Puedes ampliar esta información en este enlace: Programa de ayudas al alquiler de vivienda