Sanción millonaria a Telefónica por los packs Fusión

Sanción millonaria a Telefónica por los packs Fusión

La aprobación de la fusión entre Telefónica y DTS está sujeta al cumplimiento de los compromisos propuestos por la operadora y aprobados por la CNMC el 22 de abril de 2015.

 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 6 millones de euros a Telefónica por incumplir los compromisos asumidos tras la compra de DTS en 2015. Estos compromisos, que inicialmente tenían una vigencia hasta abril de 2020, fueron prorrogados por la CNMC en julio de 2020 por tres años adicionales. La Audiencia Nacional ha validado recientemente la decisión de la CNMC de prorrogar estos compromisos mediante una sentencia emitida el 8 de febrero de 2023, según ha comunicado la presidenta del organismo regulador, Cani Fernández.

Entre los compromisos adquiridos por Telefónica tras la compra de DTS en 2015, se estableció que la compañía no podría imponer a sus clientes de televisión de pago condiciones que obstaculicen su movilidad, como la inclusión de obligaciones de permanencia. Esto implica que Telefónica debe permitir a sus clientes la libertad de cambiar de operador de televisión de pago sin restricciones injustificadas. El incumplimiento de este compromiso ha sido una de las causas de la sanción impuesta por la CNMC a Telefónica.

La CNMC ha concluido que la oferta comercial combinada de Movistar Fusión con alquiler de un smartphone, vigente desde el 11 de abril de 2021 hasta el 1 de agosto de 2021, infringía el compromiso asumido por Telefónica en relación a la libertad de movilidad de sus clientes de televisión de pago. La CNMC considera que esta oferta incluía una política de permanencia indirectamente relacionada con la televisión de pago, lo que vulneraba el compromiso adquirido por la operadora.

Todos los clientes que contrataron los productos Movistar Fusión desde su lanzamiento el 11 de abril de 2021 -tanto clientes nuevos como clientes de Telefónica que migraron desde otros productos-, quedaron sujetos a las condiciones de permanencia y penalización por baja anticipada durante el periodo de 36 meses que imponía el contrato.

Apunta Competencia.

Según la CNMC, la oferta comercial de Movistar Fusión con alquiler de un smartphone, al menos hasta el 1 de agosto de 2021, limitó la libertad de movilidad de los clientes de televisión de pago de Telefónica que contrataron este servicio a través de Fusión. La CNMC afirma que esta oferta restringió la capacidad de los clientes para contratar servicios similares con otros operadores competidores de Telefónica.

La CNMC considera que el incumplimiento de los compromisos adquiridos en la fusión constituye una infracción «muy grave», y por ello, ha impuesto una multa de 6 millones de euros a Telefónica. La CNMC recuerda que es posible presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra esta resolución en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación.