Se abre el plazo para la ayuda de 240 euros anuales en la factura de Internet destinado a familias vulnerables

Se abre el plazo para la ayuda de 240 euros anuales en la factura de Internet destinado a familias vulnerables

Pueden pedir las ayudas las personas que estén censadas en cualquier ayuntamiento de la Comunitat Valenciana y tengan reconocida la prestación de la Renta Valenciana de Inclusión o la prestación del Ingreso Mínimo Vital.

 

La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital ha abierto el plazo a fin de que las familias valencianas en situación de vulnerabilidad o con contrariedades económicas pidan ayudas que les van a permitir un ahorro de doscientos cuarenta euros anuales en la factura de servicios de Internet que contraten en sus domicilios.

Para esto, la Generalitat invertirá más de 3 millones de euros que cubrirán la emisión de más de 12.600 bonos, con un monto anual de doscientos cuarenta euros, a repartir en 12 mensualidades, por lo que se va a aplicar una bonificación mensual de veinte euros en la factura que las compañías de telecomunicaciones participantes en el programa emitan a las familias adjudicatarias.

La consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, Josefina Bueno, ha destacado,

Con estas bonificaciones la Generalitat se pone del lado de la ciudadanía y reúne sacrificios con otras administraciones para contribuir a reducir la brecha digital en colectivos vulnerables y en familias con mayores contrariedades económicas.

Estas ayudas, destinadas a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el aumento de la velocidad de los ya contratados, se incluyen en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation, que tiene por objeto que el cien por ciento de la población disponga de conectividad digital, dejando acceder desde todos y cada uno de los territorios y desde cualquier colectivo social a servicios educativos, culturales, sociosanitarios o comerciales.

Por su lado, la directiva general para Lucha contra la Brecha Digital, María Muñoz, ha puntualizado que pueden pedir las ayudas las personas que estén censadas en cualquier ayuntamiento de la Comunitat Valenciana, y que tengan reconocida la prestación de la Renta Valenciana de Inclusión, en cualquiera de sus modalidades o sean adjudicatarias de la prestación del Ingreso Mínimo Vital, en cualquiera de sus modalidades, en la data de la petición.

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Además de esto, la vivienda para la que pide el bono digital habrá de ser la vivienda habitual de la persona demandante que acreditará a través de certificado o volante de empadronamiento colectivo.

El plazo para pedir la ayuda concluye el próximo quince de noviembre. Al formulario normalizado de petición se le va a acompañar la copia del DNI o NIE, certificado o volante de empadronamiento colectivo y justificante de la resolución terminante de ser reconocida como persona titular o adjudicataria de la Renta Valenciana de Inclusión o de la prestación del Ingreso Mínimo Vital.

Cualquier demandante que cumpla los requisitos y condiciones demandadas, y toda vez que exista disponibilidad presupuestaria, va a poder beneficiarse de las ayudas.

La concesión de estas subvenciones se gestionará en régimen de concurrencia no competitiva, para lo que se tendrá presente como único criterio el instante en que se haya completado la presentación de la petición en cualquiera de los registros previstos.

El trámite se puede efectuar de forma telemática por medio de la página de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.