El artículo 31 de la Constitución española establece que nuestro sistema tributario, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
VOX Burriana siguió la campaña anunciada en el día de ayer por su Presidente Nacional, Santiago Abascal. VOX pedirá en todos los ayuntamientos la bonificación del 95% del impuesto que grava las plusvalías por herencia
Se ha presentado una moción en todos los consistorios con representación de la formación verde. La medida deberá entrar en vigor con fecha 1 de enero de 2020
En nuestro sistema tributario se dan numerosos casos que incumplen el mandato constitucional. Uno de los más significativos es el relativo al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana (IVTNU). Este impuesto de carácter local grava el incremento de valor que experimentan los terrenos y que se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos, incluida la transmisión a título de herencia. En estos casos el gravamen sobre el mismo hecho económico, que es la titularidad de un terreno y su transmisión forzosa por un hecho no voluntario como es la muerte, resulta en su conjunto excesivo y desproporcionado, más en situaciones de gravísima emergencia económica, como en la que nos hallamos.
La transmisión del terreno de naturaleza urbana y su tributación por la llamada plusvalía municipal, entra en juego junto con el Impuesto de sucesiones y donaciones, que también abonará el heredero o legatario, el Impuesto sobre Bienes inmuebles, y en ocasiones el Impuesto sobre la renta de las personas físicas; sin olvidar el hecho de que el causante de la herencia y titular de los bienes ya tributó antes de su fallecimiento por la mera titularidad, sobrepasando con creces el límite de la “doble imposición”, de forma que podemos hablar de una imposición múltiple.
Este hecho acaba perjudicando a la mayoría de burrianenses que, en numerosas ocasiones no son capaces de afrontar una carga desmedida impuesta por el afán recaudatorio de la Administración y quedan en una situación real de imposibilidad de hacer frente al pago del impuesto quedando constatado el alcance confiscatorio del mismo. Esta situación se está manifestando con más crudeza que nunca en los momentos actuales. El aumento exponencial de fallecimientos en España provocado por el virus de Wuhan, hace que entre en juego un impuesto que supone un nuevo mazazo para la dura situación de duelo y crisis económica que están sufriendo.
En la actualidad, según las ordenanzas municipales existen las siguientes bonificaciones
a).El 95% de la cuota cuando sean realizadas en favor del cónyuge sobreviviente.
b).El 40% de la cuota cuando sean realizadas en favor de descendientes o ascendientes de primer grado en línea recta, o en favor de adoptantes o adoptados.
Es el momento de corregir este desequilibrio que durante años ha mantenido el sistema tributario y la forma más rápida y eficaz de hacerlo, es que el Ayuntamiento de Burriana proceda a establecer una bonificación del 95% de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del domino, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes, prevista en el artículo 108.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.