VOX vuelve a denunciar la dejación de funciones del Gobierno Municipal en Sant Gregori

VOX vuelve a denunciar la dejación de funciones del Gobierno Municipal en Sant Gregori

VOX estima que se puede concluir que no solo es que los trabajos realizados llevan una gravísima demora en la ejecución del contrato, sino que estamos ante un total incumplimiento contractual que determina la imposibilidad de cumplir el contrato en plazo.

Atendiendo a la Memoria del Proyecto de Reparcelación SUR T1 SANT GREGORI el porcentaje de obra total de todo el trabajo ejecutado desde su inicio y durante los 12 meses primeros debería de haber sido del 34,67% de la obra, porcentaje obtenido de la suma de la obra exigida en el calendario de obra referido.

Según acredita la asistencia técnica de la obra contratado por la urbanizadora y sin ninguna vinculación contractual con el Ayuntamiento de Burriana, el porcentaje de obra ejecutado hasta el 1 de enero de 2022 es de un 4,29 %.

VOX, en una moción presentada para el pleno de mañana solicita:

1.- Primero: Incoar expediente administrativo al Agente Urbanizador por incumplimiento de plazos de ejecución contractuales invocando la legislación arriba citada

2.- Segundo: Exigir al Agente urbanizador que aporte Nuevo Plan de Obras con el máximo detalle y justificación de los rendimientos que permitan recuperar el tiempo perdido y acabar las obras en los plazos recogidos en el Memoria del Proyecto de Reparcelación. Dicho Plan de Obras deberá ser informado por los Técnicos Municipales competentes.

3.- Tercero: Exigir al Agente Urbanizador que aporte la documentación económico-financiera que garantice fehacientemente su capacidad para hacer frente al coste de las obras en los plazos reflejados en la nueva planificación. La documentación citada se compondrá de todos los documentos que precisen los Técnicos Municipales competentes, que una vez recibidos valorarán su idoneidad y veracidad .

4.- Cuarto: Exigir al Agente Urbanizador que presente en este Ayuntamiento copia del contrato de obras firmado con la U.T.E. adjudicataria de las obras.

 5.- Quinto: Exigir al Agente Urbanizador que presente en este Ayuntamiento copia de las certificaciones de obra emitidas por la U.T.E. adjudicataria de las obras.

 6.- Sexto: Solicitar informe a los Técnicos Municipales competentes sobre la aplicación del artículo157.4 del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje en los casos de cuotas impagadas por los propietarios, paralizándose hasta su evacuación los procedimientos de apremio iniciados hasta la fecha.

7.- Séptimo: Solicitar al Ingeniero de Caminos Municipal informe técnico de comprobación de las certificaciones emitidas hasta la fecha, determinando su veracidad y si todos los conceptos en ellas reseñados son retasables.

8.- Octavo Sólo tendrán validez las certificaciones informadas por los Técnicos Municipales.

9.- Noveno: Si durante la tramitación del expediente administrativo incoado el Agente Urbanizador no hubiese cumplido con la presentación de la documentación de alguno de los documentos exigidos en los puntos 2 al 5, ambos inclusive, o bien los informes emitidos por los técnicos municipales fuesen desfavorables, en su totalidad o parcialmente, se procederá de forma inmediata y sin más trámite, al inicio del expediente de rescisión del contrato con el Agente Urbanizador, según el artículo 193 de la Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017 de 8 de noviembre.