La Diputación de Castellón establece las bases para otorgar ayudas a los municipios con menos de 20.000 habitantes afectados por los daños causados por la catástrofe.
La Entidad Provincial ha aprobado la creación de una línea de emergencias para los municipios de Castellón afectados por la DANA en la provincia. La Junta de Gobierno, en su sesión del martes, ratificó las bases para otorgar subvenciones a los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes, con el fin de compensar los gastos derivados de los daños causados por este fenómeno meteorológico.
Debido al severo temporal que afectó a la Comunitat Valenciana y ocasionó daños en Castellón, la Diputación ha decidido aumentar el presupuesto de estas ayudas rápidas hasta los 400.000 euros. La presidenta de la Diputación, Marta Barrachina, destacó la agilidad con la que se ha actuado, asegurando que las ayudas del Plan Diputació Respon llegarán rápidamente a los municipios para mitigar las consecuencias del desastre lo antes posible.
Esta línea de ayudas está dirigida a los municipios con menos de 20.000 habitantes y cubre tanto gastos corrientes como inversiones.
El objetivo es apoyar a los ayuntamientos en situaciones de emergencia como la vivida recientemente, facilitando su respuesta a la crisis.
El periodo de emergencia se ha fijado entre el 28 de octubre y el 6 de noviembre. A partir de un análisis técnico, se ha establecido un primer listado de 31 municipios beneficiarios de estas ayudas urgentes. No obstante, cualquier otro municipio afectado, especialmente aquellos situados cerca de ríos, barrancos o ramblas, podrá acceder a la ayuda acreditando los daños sufridos.
Por otra parte, la Diputación también ha decidido incrementar en un 20% el presupuesto destinado a la reparación de los caminos rurales de Castellón, pasando de 1,1 millones de euros a 1,374 millones.
En cuanto a las subvenciones, el importe máximo que se podrá recibir por municipio es de 10.000 euros, salvo en casos excepcionales que serán evaluados por una comisión de valoración y debidamente registrados en la resolución correspondiente.
Se consideran subvencionables los gastos derivados de reparaciones en infraestructuras municipales o en la red viaria que no impliquen la sustitución de bienes inventariables. También se incluyen los gastos relacionados con las obras necesarias para efectuar las reparaciones, siempre que no involucren gastos de inversión, como movimientos de tierras o excavaciones. Además, se podrán incluir los gastos por la contratación de personal, maquinaria y servicios necesarios para llevar a cabo los trabajos relacionados con la emergencia.
Por otro lado, los gastos de inversión que se podrán subvencionar incluyen los destinados a la reparación o reposición de bienes inventariables en infraestructuras municipales, redes viarias y otras, así como los gastos para ejecutar obras que sean necesarias para la reposición de pavimentos y muros dañados.