Correos facilita la reexpedición de la documentación electoral a otra dirección

Correos facilita la reexpedición de la documentación electoral a otra dirección

El plazo para solicitar el voto por correo, vía online desde la web 'correos.es' o presencial en cualquier oficina de Correos, sigue abierto hasta el 13 de julio. El plazo para depositar el voto por correo finaliza el 20 de julio.

 

Correos recuerda a la ciudadanía que, aquellos que hayan solicitado el voto por correo y deseen recibir la documentación en una dirección distinta a la indicada en la solicitud, pueden solicitar la reexpedición de la misma en cualquier oficina de Correos. Para ello, deberán proporcionar el número de registro del envío, el cual se puede obtener en la web del Censo Electoral. Es importante que el elector solicite esta reexpedición con suficiente antelación para que Correos pueda enviar la documentación a la nueva dirección.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral han comenzado a enviar la documentación electoral desde el 3 de julio, a excepción de aquellas provincias donde ha habido impugnación de candidaturas, en cuyo caso el reparto ha comenzado una vez resueltos los inconvenientes. Estas Delegaciones tienen plazo hasta el 16 de julio para entregar la documentación a Correos.

Como en procesos anteriores, Correos se encarga de hacer entrega de la documentación a medida que la recibe del Censo Electoral, para que los solicitantes puedan ejercer su voto por correo lo antes posible.

El plazo para solicitar el voto por correo, ya sea de forma online a través de la página web www.correos.es o de manera presencial en cualquier oficina de Correos, permanece abierto hasta el 13 de julio. Por su parte, el plazo para depositar el voto por correo finaliza el 20 de julio.

Se recuerda a los ciudadanos el procedimiento para la entrega de la documentación electoral y la posibilidad de solicitar la reexpedición de la misma a otra dirección, en caso de ser necesario.

Entrega en mano de la documentación electoral y reexpedición

Una vez verificada la inscripción de los solicitantes del voto por correo en el censo electoral, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral envían los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud, mediante servicio certificado y urgente. Este proceso de envío por parte del Censo se realizará hasta el 16 de julio.

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al destinatario, dejando un aviso en caso de que no haya sido posible realizar la entrega directa. En ese caso, el elector podrá recoger la documentación en la oficina de Correos más cercana.

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Durante la entrega, el personal de Correos verificará la identidad del votante mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir, y anotará el número del documento identificativo para dejar constancia de la recepción de los sobres y papeletas. El solicitante deberá firmar la entrega como prueba de recepción.

Cómo solicitar la reexpedición de la documentación electoral a otra dirección

Una vez que la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha enviado la documentación electoral a la dirección indicada por el solicitante, la Junta Electoral Central permite la reexpedición de dicha documentación a otra dirección, siempre y cuando el elector lo solicite expresamente.

Por ejemplo, si una persona ha solicitado recibir la documentación electoral en una dirección pero necesita que se reenvíe a otra debido a circunstancias personales, puede realizar este trámite en cualquier oficina de Correos que cuente con servicio informatizado. Para ello, es necesario proporcionar el número de registro de la documentación electoral que se desea reexpedir, el cual se puede obtener en la siguiente dirección de la OCE: https://sede.ine.gob.es/ce-votoxcorreo/?lang=es_ES.

Es posible solicitar la reexpedición de la documentación electoral a otra dirección o a otra oficina de Correos. Sin embargo, es importante que el elector tenga en cuenta que debe hacer esta solicitud con suficiente antelación para que Correos pueda enviarle la documentación a la nueva dirección.

Correos ha implementado todas las medidas organizativas necesarias para garantizar el correcto desarrollo de las actividades relacionadas con los procesos electorales y la gestión del voto por correo. Entre estas medidas se incluyen ampliaciones de horarios y refuerzos tanto en la distribución como en la atención en las oficinas, especialmente en aquellas zonas donde se espera una mayor afluencia de usuarios.

Dado que el periodo electoral coincide con la época estival y con la celebración de días festivos en diferentes localidades de España, y considerando el incremento en el número de solicitudes de voto por correo, se recomienda a los ciudadanos que deseen ejercer su derecho al voto por correo que no esperen hasta el último día y que aprovechen el amplio horario de atención en las oficinas postales. Correos hace este llamamiento con el fin de agilizar los trámites y evitar esperas ante la previsible alta afluencia en sus oficinas.