Educación establece servicios mínimos para la huelga del 23 de mayo

Educación establece servicios mínimos para la huelga del 23 de mayo

Estos servicios mínimos se han establecido con el propósito de evitar contratiempos y salvaguardar el derecho a la educación de los estudiantes.

 

La Conselleria de Educación, Universidades y Empleo ha fijado los servicios mínimos en los centros educativos de la Comunitat Valenciana para la huelga convocada el jueves 23 de mayo, día en que los sindicatos STEPV, CCOO, UGT y COS (Coordinadora Obrera Sindical) han llamado a una huelga educativa.

Se han establecido las medidas necesarias para garantizar los servicios esenciales mínimos durante la huelga en los centros públicos dependientes de la Generalitat, asegurando así el derecho a la educación de los alumnos. Estas directrices son las mismas que se han seguido en años anteriores.

En consecuencia, en todos los centros deberá haber un miembro del equipo directivo como responsable, sin impartir actividades lectivas. Además, en los centros de Educación Infantil y Primaria, se designará al menos un maestro por cada etapa educativa, con un mínimo de uno por cada cuatro unidades.

En los centros de Educación Infantil, se requerirá la presencia de dos educadores cuando haya cinco unidades o menos, y de tres cuando sean más de cinco.

En los centros específicos de Educación Especial, se garantizará la presencia de dos educadores por cada cinco unidades.

Asimismo, en los centros que ofrezcan Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas de idiomas y enseñanzas artísticas, habrá al menos un profesor por etapa educativa, con un mínimo de uno por cada diez unidades.

Por último, en los centros con internado, además de los servicios habituales según la tipología del centro, se brindarán los servicios propios de los días festivos.

Estos servicios mínimos se han establecido con el objetivo de prevenir cualquier incidencia y garantizar el derecho a la educación de los estudiantes, reconocido como un derecho fundamental en el artículo 27 de la Constitución Española.

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