El juez Pedraz suspende el bloqueo de Telegram «de momento»

El juez Pedraz suspende el bloqueo de Telegram «de momento»

El viernes pasado, el magistrado decidió bloquear Telegram tras una denuncia presentada por Mediaset, Atresmedia y Movistar Plus.

 

La Audiencia Nacional ha decidido suspender el bloqueo de Telegram temporalmente. El juez Santiago Pedraz ha ordenado solicitar un informe a la Comisaría General de Información sobre la plataforma Telegram antes de tomar cualquier medida definitiva.

El informe deberá detallar las características de la plataforma y evaluar el impacto que tendría la suspensión temporal en los usuarios.

Esta decisión se toma después del auto del pasado viernes en el que se había ordenado inicialmente el bloqueo, cuya ejecución queda en pausa hasta que se reciba y analice el informe solicitado.

En una providencia, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 ha requerido al servicio de inteligencia que proporcione información sobre las características de la plataforma, así como el impacto que la suspensión temporal podría tener en los usuarios.

Es importante recordar que el pasado viernes, el juez acordó bloquear Telegram tras una denuncia presentada por Mediaset, Atresmedia y Movistar Plus, alegando presunto uso no autorizado de contenido audiovisual sujeto a derechos de autor.

Al día siguiente, el sábado, el juez otorgó tres horas a las operadoras españolas para que, una vez recibida su comunicación, procedieran a suspender los recursos asociados a la aplicación. Fuentes jurídicas han indicado que, sin embargo, el magistrado no llevó a cabo esa solicitud, ya que está pendiente del informe requerido.

«Medida necesaria, adecuada y proporcional»

El juez consideraba que la medida de bloqueo era necesaria, adecuada y proporcional, ya que no había ninguna alternativa viable para detener la repetición de los hechos denunciados. Esto se debe a que «las autoridades de las Islas Vírgenes no colaboraron con la comisión rogatoria enviada para que Telegram proporcionara ciertos datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para infringir los derechos de propiedad intelectual«.

La resolución explicaba que, para el adecuado progreso de la investigación, era imprescindible llevar a cabo las diligencias incluidas en la comisión rogatoria enviada a las Islas Vírgenes.

Hasta ese momento, no se había recibido confirmación de la ejecución de dicha solicitud de cooperación, lo que dejaba pendientes numerosas acciones investigativas que dependían de la información proporcionada en la ejecución de la comisión rogatoria internacional.

El juez señaló que el reiterado incumplimiento de la petición enviada a las Islas Vírgenes el 28 de julio de 2023 impedía continuar con la instrucción del caso. En dicha comisión, se solicitaba a Telegram que proporcionara ciertos datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para infringir los derechos de propiedad intelectual de las entidades que actuaban como acusación particular.

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Falta de Colaboración

El juez mencionó que la falta de colaboración por parte de las autoridades de las Islas Vírgenes, a las que solo se les requería una actividad de comunicación con los responsables de la red social, llevó a la necesidad de tomar las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones particulares.

En su opinión, las medidas cautelares solicitadas se presentaban como las únicas viables debido a la falta de cooperación de las autoridades de las Islas Vírgenes.

No hay otra medida que pueda detener la repetición de los hechos denunciados.

Enfatizaba.

El magistrado añadía que la medida adoptada era apropiada, ya que su ejecución podría poner fin a la infracción de los derechos de propiedad intelectual denunciada al evitar el acceso a los contenidos protegidos a través de la red.

En su resolución, Pedraz también explicaba que la medida contaba con respaldo legal según lo establecido en el artículo 13.2 de la LECRIM. Por tanto, consideraba justificada la solicitud de medida cautelar, ya que era necesaria para poner fin a la infracción denunciada, proporcional e idónea para alcanzar el objetivo perseguido, ya que no había otra acción alternativa con la misma finalidad y estaba expresamente contemplada por la ley.

En su auto, el juez también decidía prorrogar la investigación por seis meses, hasta el 29 de septiembre.