Braina destaca la importancia del documento que adapta la configuración del organismo a la realidad social y normativa actual
El pleno del Ayuntamiento de Castellón ha aprobado hoy por mayoría, con los votos a favor del Acuerdo de Fadrell (PSPV, Compromís y Podem-EU), el PP y Ciudadanos en contra, y la abstención de la concejala no adscrita, los nuevos estatutos del Patronato Municipal de Fiestas. Tras la aprobación inicial de hoy, el documento se someterá a exposición pública durante 30 días hábiles desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) antes de su aprobación definitiva. El concejal y presidente del Patronato Municipal de Fiestas, Omar Braina, ha defendido en el pleno la necesidad de aprobar estos nuevos estatutos del organismo autónomo “que recogen resoluciones del último congreso magdalenero y plasman muchas de las propuestas del equipo de trabajo que se creó para su renovación”. “Son unos estatutos que pretenden adaptar la configuración del Patronato Municipal de Fiestas a la realidad social y normativa actual, clarificar y concretar el papel y funciones de los distintos órganos del mismo y corregir algunas disfunciones en el funcionamiento de los anteriores”, ha apuntado Braina. “Además, el objetivo es también asegurar una mejor comprensión y coherencia en la regulación respecto a los aprobados en 2012 y corregidos posteriormente en 2013”, ha explicado el concejal.
Además, Braina ha hecho hincapié en que “son unos estatutos que nacen del diálogo, del consenso y de las aportaciones de diferentes sectores festeros de la ciudad, estando abiertos también al consenso con los grupos de la oposición”. Unos estatutos “innovadores y valientes”, según ha calificado Braina, “que ponen en valor a la gaiata como elemento diferenciador, exclusivo y representativo de las fiestas de Castelló, y que contemplarán el valenciano como lengua oficial de las fiestas”.
Los nuevos estatutos se componen de dos libros. El Libro I regula de forma homogénea los tres organismos autónomos que actualmente dependen del Ayuntamiento (Fiestas, Deportes y Turismo) e incluye la regulación de las disposiciones generales que enmarcan toda la regulación de la actividad del patronato, el régimen de gobierno y administración del mismo y el régimen jurídico. El Libro II se centra en aquellas cuestiones que, por tratarse de especialidades propias del ámbito de las fiestas de la ciudad, y por tanto resultan peculiares respecto del resto de organismos autónomos municipales.
En este segundo libro se regula la composición de la asamblea como órgano deliberante de naturaleza participativa y consultiva. Y también se articula la Junta de Fiestas como un órgano de colaboración a los órganos de gobierno y administración del patronato que actúa bajo la dirección de la presidencia del patronato, quien asumirá, además, su presidencia, equiparándose de este modo al modelo de otras ciudades como Valencia.
En base a estos nuevos estatutos, la Junta de Fiestas estará compuesta por las personas que designe la presidencia del patronato, sin que su número pueda exceder de treinta personas (con los estatutos anteriores eran 25). Los miembros serán nombrados entre personas de reconocido prestigio, competencia y trayectoria en el ámbito de las fiestas de entre las propuestas realizadas desde los diferentes colectivos festeros; y se procurará en su composición la paridad efectiva así como la participación proporcionada de los colectivos, entidades y sectores representativos del món de la festa. Además, se podrán designar entre sus miembros, uno o varios coordinadores a los efectos de ordenar el funcionamiento de la Junta de Fiestas (desaparecen así los dos equipos anteriores denominados de gestión y de colaboración). Asimismo, se podrán designar delegados que se encarguen de un ámbito concreto de la actividad de la junta.
Por otra parte, también se dedica un apartado a la participación de las fiestas, que regula el régimen jurídico de las relaciones entre el patronato y las asociaciones y colectivos y que pretende reconocer el protagonismo y el papel que han adquirido los diferentes estamentos que coadyudan a la realización de las fiestas. Asimismo, se reconoce la importancia de la Federación Gestora de Gaiatas y la Federación de Collas. Dentro de este título, destaca la regulación de las gaiatas, en tanto que elemento diferenciador, exclusivo y representativo de las fiestas de la ciudad y dada su importancia en el desarrollo de las fiestas y su promoción. También se recoge la representación oficial de las fiestas y la regulación de la indumentaria, el protocolo y los honores y distinciones.