La Conselleria de Vivienda publica las bases de las ayudas al alquiler 2023

La Conselleria de Vivienda publica las bases de las ayudas al alquiler 2023

El objetivo de las ayudas es facilitar el acceso a una vivienda o habitación en alquiler o cesión de uso a sectores de población con escasos medios económicos

 

La Vicepresidencia Segunda y la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda han anunciado la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de las bases que regirán el Programa de ‘Ayudas al Alquiler General’ para la convocatoria de 2023.

El propósito principal de estas ayudas es facilitar el acceso a una vivienda o habitación en alquiler o cesión de uso a aquellas personas y familias que enfrentan dificultades económicas, proporcionándoles asistencia financiera para el pago del alquiler.

Estas ayudas se concederán por un período máximo de dos años o 24 mensualidades, correspondientes a los meses comprendidos entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

La cantidad de la ayuda otorgada se ajustará según la situación socioeconómica de los solicitantes o unidades de convivencia. Aquellas personas con ingresos más bajos o en circunstancias especiales podrán recibir un porcentaje de ayuda superior.

En esta ocasión, se ha optado por publicar primero las bases de las ayudas, permitiendo a las personas interesadas preparar toda la documentación necesaria anticipadamente. De esta manera, cuando se publique la convocatoria oficial, los solicitantes contarán con todos los documentos requeridos para presentar sus solicitudes.

Se recomienda encarecidamente a las personas interesadas en solicitar estas ayudas que empiecen a preparar la documentación necesaria, incluyendo el contrato de alquiler y el volante único o certificado de empadronamiento, que deben obtener de los respectivos ayuntamientos. También se les aconseja recopilar los comprobantes de los pagos de alquiler realizados desde enero de 2023.

El plazo de solicitud comenzará el día siguiente a la publicación de las bases y las personas elegibles tendrán un mes para presentar sus solicitudes.

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Requisitos de las ayudas

El propósito de esta asistencia es proporcionar una subvención para el alquiler de una vivienda o habitación que sirva como residencia principal y permanente de la persona o unidad de convivencia solicitante, tal como se establece en el contrato de arrendamiento.

Además, se establecen requisitos adicionales para ser elegible. La suma total de los ingresos anuales de las personas que conviven en la vivienda debe ser igual o inferior a 3 veces el IPREM. Para familias numerosas generales, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo, este límite se eleva a 4 veces el IPREM. En el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %, el límite es de 5 veces el IPREM.

También se prestará atención a situaciones específicas de grupos vulnerables, como personas afectadas por procedimientos de desahucio, ejecución hipotecaria o dación en pago; familias monoparentales con hijos, o personas que viven solas y cuyos ingresos anuales no superan 1 IPREM; mujeres víctimas de violencia de género; jóvenes que han salido de sistemas de tutela; personas exconvictas; personas afectadas por situaciones catastróficas; mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión social, especialmente cuando tienen hijos menores a su cargo.

Las ayudas se destinarán a los alquileres que no excedan el límite de precio establecido en las bases, que varían según la localidad de la vivienda. Estos límites oscilarán entre 420 y 770 euros mensuales para alquileres de viviendas o cesiones, y entre 175 y 300 euros mensuales para alquileres o cesiones de habitaciones.