LA UNIÓ de Llauradors consigue mantener las quemas como estaban

LA UNIÓ de Llauradors consigue mantener las quemas como estaban

Una nota interpretativa de la Conselleria de Agricultura termina con la confusión de los últimos días.

 

El intenso trabajo y presión de LA UNIÓ de Llauradors consigue solventar por último el inconveniente de las quemas agrícolas. Aun así, la organización proseguirá insistiendo a fin de que los restos de poda se consideren como un subproducto que se administra en exactamente la misma explotación y no como un resto.

Las intensas gestiones y la presión por la parte de LA UNIÓ de Llauradors durante las últimas semanas ante Gobierno Central y Generalitat ha dado sus frutos y por último la Conselleria de Agricultura, por medio de la Dirección General de Prevención de Incendios, ha emitido una nota interpretativa por la que se dejan las quemas agrícolas en la Comunitat Valenciana como hasta la fecha, dejando sin efecto en materia de administración de los restos agrícolas, la nueva Ley de campo estatal 7/2022, de ocho de abril, de restos y suelos contaminados para una economía circular.

Así, las entidades locales que cuenten con un Plan Local de Quemas aprobado, o un instrumento de planificación aprobado para la ordenación de la actividad de quema de restos agrícolas en su ayuntamiento, les va a ser de aplicación la Predisposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2022 de ocho de abril, por lo que dichos ayuntamientos van a poder proseguir con dicha actividad del mismo modo que lo estaban efectuando ya antes de la entrada en vigor de la Ley 7/2022, mientras que no se dicte resolución en contra. En esa Predisposición se señala que,

Las comunidades autónomas amoldarán a lo establecido en esta ley y las autorizaciones y comunicaciones de las instalaciones y actividades ya existentes, o las peticiones y comunicaciones que se hayan presentado ya antes de la data de entrada en vigor de la ley, en el plazo de 3 años desde esa fecha.

Las peticiones de aprobación de Plan Local de Quemas presentadas de antemano a la entrada en vigor de la Ley 7/2022 se gestionarán de conformidad con la normativa en vigor en el instante de presentación de la petición, conforme con la Predisposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2022.

Para el caso de entidades locales que no cuenten con un Plan Local de Quemas aprobado, las actividades de quema de restos agrícolas o forestales autorizadas basándonos en la Ley 3/1993 Forestal de la Comunitat Valenciana de antemano a la data de entrada en vigor de la Ley 7/2022, proseguirán siendo válidas y se van a poder efectuar hasta el momento en que concluya el plazo de eficiencia de estas, con los límites y condiciones establecidos en la normativa de prevención de incendios forestales.

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Cabe apuntar que, como de año en año, desde el 1 de junio al dieciséis de octubre ya no se va a poder quemar atendiendo a la normativa autonómica en prevención de incendios (una cuestión completamente asumida por los labradores) y por esta razón quedaban ya poquitos días para deshacerse de los restos de poda, dejando en una clara situación de indefensión a abundantes labradores justo en un instante donde muchos cultivos precisan de esta práctica. En este sentido, había localidades de la Comunitat Valenciana que se estaban acogiendo a esa supuesta prohibición de las quemas de la Ley de Restos y las han prohibido, al tiempo que otras sí las estaban autorizando y así LA UNIÓ pide a los municipios que habían retirado las autorizaciones para la administración de los restos de poda que las reactiven de forma urgente.

La organización agraria ya había insistido en establecer un periodo de transición y adaptación a través de el que se realizase un discute público y participativo para solucionar los inconvenientes de las quemas agrícolas en aquellos sitios donde resulta imposible desmenuzar en el campo.

LA UNIÓ proseguirá trabajando ahora a fin de que se reconozca que los restos de poda agrícola son un subproducto de material vegetal que se administra (quema o desmenuza) en exactamente la misma explotación y jamás pueden ser considerados como un resto que sí queda sujeto obligatoriamente a su tratamiento siguiente en una planta. De esta manera, LA UNIÓ insistirá en eliminar el artículo 273 de la Ley de restos y suelos contaminados por no ajustarse a la realidad.

En este sentido, Carles Peris, secretario general de LA UNIÓ, señala que

Vamos a continuar vigilantes con todas y cada una de las normativas que afecten a nuestro ámbito y nos sostendremos inflexibles con medidas que entorpecen el día a día de nuestra actividad agraria. Hay que negociar y conversar ya antes de imponer y trabajar de una manera más coordinada.

Ha concluido.