Todos y cada uno de los premios del sorteo de Navidad se van a poder cobrar hasta el veintidós de marzo de dos mil veintitrés.
Los premios del sorteo de la Lotería de Navidad, inferiores a dos mil euros por cada décimo o resguardo, se van a poder cobrar únicamente en uno de los diez mil seiscientos puntos de venta de la red comercial de Loterías, desde la tarde de este veintidós de diciembre. En un caso así, el premio puede cobrarse en metálico o a través del sistema Bizum.
Si el premio es de un monto igual o superior a dos mil euros se va a cobrar en las entidades financieras autorizadas cuya lista se halla accesible en los puntos de venta de Loterías y en la web oficial ‘loteriasyapuestas.es‘.
En el caso de décimos adquiridos en el canal en línea oficial de Loterías, los premios mayores se abonan a través de transferencia a la cuenta corriente comunicada por el jugador/a en su cuenta de juego tras el sorteo. Los premios menores van a ser abonados de manera directa en la cuenta de juego, siempre y cuando esta no sobrepase de los límites establecidos, en tal caso el procedimiento va a ser exactamente el mismo que con los premios mayores.
Todos y cada uno de los premios del sorteo de Navidad se van a poder cobrar hasta el veintidós de marzo de dos mil veintitrés, puesto que el derecho al cobro de los premios de Lotería de Navidad caduca a los 3 meses, contados desde el día después al de la celebración del sorteo.
Es indispensable presentar el décimo o resguardo afortunado para poder cobrar el premio desde la tarde de este veintidós de diciembre, una vez finalizadas la verificaciones de los números extraídos y de los procesos informáticos.