Se vigilarán los actos de acoso en el recinto deportivo, en sus alrededores o en los medios de transporte público para la no celebración, interrupción o suspensión del evento, así como el desalojo parcial o total del recinto. Los organizadores también pueden ser sancionados.
El Ministerio del Interior ha emitido una nueva instrucción con el objetivo de fortalecer las medidas de prevención y respuesta ante incidentes racistas en eventos deportivos. Esta instrucción permite la suspensión y desalojo de cualquier evento en el que se produzcan este tipo de incidentes violentos y discriminatorios. Se implementarán medidas de vigilancia tanto dentro de los estadios como en las áreas circundantes y medios de transporte para evitar cualquier intento de atentar contra la dignidad de las personas y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.
La instrucción 8/2023 de la Secretaría de Estado de Seguridad establece que, en caso de que ocurra un incidente racista, el Coordinador de Seguridad podrá proponer al árbitro o juez deportivo la no celebración, interrupción o suspensión del evento, así como el desalojo parcial o total del recinto para poner fin a los incidentes. Esta suspensión puede ser temporal o definitiva.
Esta medida refuerza el papel del coordinador de seguridad, quien es un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y actúa dentro de los límites establecidos por la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. El objetivo es «sistematizar» la actuación ante cualquier expresión de discriminación o intolerancia en los espectáculos deportivos.
Es importante destacar que uno de los incidentes racistas que adquirió relevancia internacional ocurrió en el estadio de Mestalla, cuando el jugador brasileño del Real Madrid, Vinicius Junior, denunció cánticos racistas durante un partido de Liga contra el Valencia CF el 21 de mayo.
El Ministerio del Interior recuerda que el coordinador de seguridad debe elaborar un informe detallado o presentar una denuncia si el organizador del evento deportivo no brinda su colaboración. Además, este coordinador debe promover la apertura de expedientes sancionadores por las infracciones establecidas en la ley y elaborar un informe pertinente para determinar las responsabilidades en los ámbitos penal, administrativo o disciplinario.
DESDE ALEDAÑOS DE ESTADIOS Y TRANSPORTE PÚBLICO
Según la instrucción del Ministerio del Interior, se han establecido una serie de comportamientos que pueden dar lugar a la suspensión de una competición deportiva o al desalojo del público. Estos comportamientos incluyen declaraciones, gestos o insultos realizados dentro de los espacios deportivos, así como la entonación de cánticos, sonidos o consignas con mensajes vejatorios. Estos actos pueden estar motivados por el origen racial, étnico, geográfico o social, así como por motivos religiosos, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
El objetivo de esta medida es «sistematizar los criterios» de actuación frente a estos comportamientos y enumerar aquellos que pueden llevar a la suspensión de una competición o al desalojo del público. La instrucción también señala que los actos de acoso en el recinto deportivo, en sus alrededores o en los medios de transporte público que tengan la misma motivación y cuyo propósito o consecuencia sea atentar contra la dignidad de la persona acosada y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo también pueden ser motivo de suspensión.
Asimismo, se puede decidir la suspensión si una persona física o jurídica emite declaraciones con intención de amplia difusión o transmite información en la que se amenace, insulte o humille a una persona o grupo debido a su origen racial, étnico, geográfico o social, así como por motivos religiosos, convicciones, discapacidad, edad, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.
La instrucción también menciona las declaraciones, gestos o insultos realizados dentro de los espacios deportivos, así como la entonación de cánticos, sonidos o consignas, y la exhibición de pancartas, banderas, símbolos u otras señales que contengan mensajes vejatorios o intimidatorios hacia cualquier persona por las mismas razones, así como aquellos que inciten al odio entre personas y grupos, o que atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores proclamados en la Constitución.
PROFUSIÓN DE INCIDENTES REGISTRADOS
En un comunicado, el Ministerio del Interior ha destacado que la instrucción emitida por el secretario de Estado responde a la creciente incidencia de incidentes registrados en eventos deportivos de diversas índoles. Estos incidentes se producen cuando, en medio de la rivalidad competitiva y amparados por el anonimato que brinda la multitud, ciertos aficionados expresan un discurso agresivo de intolerancia, odio y discriminación hacia el equipo rival, con frecuencia manifestando actitudes racistas, xenófobas u homófobas.
El ministerio ha subrayado que este tipo de expresiones vejatorias que denotan un evidente desprecio por la dignidad de las personas pueden, en casos extremos, ser el preludio de la comisión de delitos de odio u otros actos antisociales y violentos.
El Ministerio del Interior enfatiza que este tipo de conductas son perseguibles en el ámbito deportivo, ya sea que los incidentes ocurran dentro del recinto deportivo, en sus alrededores o en los medios de transporte públicos u organizados que se dirigen al lugar de la competición, así como si se difunden a través de medios de comunicación.
Asimismo, se recalca que los organizadores también pueden ser sancionados si muestran permisividad, participan activamente, incentivan o promueven este tipo de conductas, así como si brindan apoyo a actividades de peñas, asociaciones, agrupaciones o grupos de aficionados que incumplan la mencionada ley.
La instrucción del Ministerio del Interior busca establecer un marco de actuación claro y definido para prevenir y sancionar estos comportamientos intolerantes y discriminatorios en el ámbito deportivo, con el objetivo de salvaguardar la integridad y la dignidad de las personas, fomentando un ambiente de respeto y convivencia en los eventos deportivos.