Los colegios valencianos de Trabajo Social solicitan a los grupos políticos "enmendar el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales de la Generalitat Valenciana."
Los Colegios Oficiales de Trabajo Social de Castelló, València y Alacant han instado a los grupos políticos del parlamento valenciano a modificar el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat para 2025, debido al “retroceso de derechos” que supone al condicionar el acceso a prestaciones económicas, como la Renta Valenciana de Inclusión, a la disponibilidad de crédito suficiente.
También han expresado su preocupación por el cambio en la definición del “derecho subjetivo” en relación con estas ayudas. En este sentido, han recordado que la Renta Valenciana de Inclusión fue establecida como un derecho subjetivo en 2017, lo que obliga a la Administración Pública a ofrecer una prestación económica y profesional para cubrir las necesidades básicas de los ciudadanos.
El anteproyecto, en su artículo 78, suprime el artículo 44 de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de Renta Valenciana de Inclusión, que establecía que los créditos destinados a estas prestaciones económicas debían ser ampliables en el presupuesto de la Generalitat.
La eliminación de este artículo implicaría que el derecho a recibir estas ayudas quede condicionado a la existencia de crédito suficiente.
Lo que generaría una limitación presupuestaria que retrocedería al modelo de la Renta Garantizada de Ciudadanía, un sistema considerado subsidiario e ineficaz. Además, esta modificación podría afectar gravemente a los beneficiarios de estas ayudas, que podrían verse obligados a esperar indefinidamente para recibir la prestación, dependiendo de las decisiones políticas sobre el presupuesto disponible.
Los tres colegios de Trabajo Social han señalado que, dada la situación de vulnerabilidad extrema de los beneficiarios de estas prestaciones, no pueden aceptar que se les someta a una “discriminación institucional”. Por ello, solicitan a los grupos políticos que presenten una enmienda para suprimir el artículo 78 del anteproyecto de ley.
Por otro lado, los colegios han expresado su preocupación por el artículo 81 del anteproyecto, que modifica el artículo 32 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana, sobre las prestaciones garantizadas. En la versión actual, este artículo establece que las prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, que cumplan con los requisitos de acceso, podrán ser exigibles como un derecho subjetivo y se asignarán con créditos ampliables. Sin embargo, con la modificación propuesta, se eliminan los créditos ampliables, lo que, según los colegios, significa un retroceso en los derechos sociales. Argumentan que no se puede hablar de derechos subjetivos si estos dependen de la voluntad de la Administración de asignar más o menos fondos para su financiación.
La supresión de los créditos ampliables en el artículo 32 sería un daño considerable para la sociedad valenciana, según los colegios de Trabajo Social, ya que debilitaría los derechos de protección social, regresando a un modelo de asistencia benéfica y subsidiaria. En este sentido, han solicitado a los grupos políticos que presenten una enmienda para suprimir también el artículo 81, pidiendo una respuesta institucional en beneficio de las personas más vulnerables de la Comunitat Valenciana.