Caso Marta Calvo: Se solicita la Prisión Permanente Revisable y el delito contra la integridad ética

Caso Marta Calvo: Se solicita la Prisión Permanente Revisable y el delito contra la integridad ética

El padre de Marta Calvo recurre la sentencia y pide la prisión permanente: "Cabe ante asesinatos en serie".

 

El padre de Marta Calvo, una de las jóvenes asesinadas a manos de Jorge Ignacio P.J., ha recurrido la sentencia condenatoria y demanda la prisión permanente revisable al comprender,

Esta pena cabe ante asesinatos en serie que se juzgan en un mismo procedimiento.

Así se desprende del recurso presentado por la defensa del padre de Marta Calvo frente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra la sentencia de la Audiencia que imponía a Jorge Ignacio penas que suman ciento cincuenta y nueve años y once meses de cárcel, de los que cumpliría un total de 40 años de pena por los crímenes de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela Vargas.

El tribunal valenciano condenó al acusado, en aplicación del resolución de un jurado popular, como autor de un delito contra la salud pública (por el que se condena a 5 años de cárcel); otro contra la libertad e indemnidad sexuales (un par de años y 5 meses de prisión y prohibición de acercamiento a menos de trescientos metros de la víctima); 6 delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso con 6 intentos de asesinato (catorce años de prisión por cada uno de ellos de ellos y distanciamiento) y otros 3 delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso con 3 asesinatos consumados (veintidós años y diez meses de prisión por cada uno de ellos).

En frente de esta resolución, el padre de Marta Calvo, ha recurrido y demanda la prisión permanente revisable. Asimismo pide que se condene a Jorge Ignacio por el delito contra la integridad ética.

Con respecto a la cárcel permanente, la jueza presidente del tribunal del jurado desechó la posibilidad de imponérsela aduciendo,

Esta pena solo va a poder imponerse al reo de asesinato que hubiese sido condenado por la muerte de más de dos personas. La ley usa el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto que solo puede interpretarse respecto de quien hubiese sido condenado de antemano.

Por contra, la acusación particular que representa al padre de Marta Calvo expresa su desunión con respecto al querer que, en el presente caso, es de aplicación el artículo 140.2  del Código Penal, por estimar que, siendo Marta Calvo la tercera de las víctimas de asesinato cometido por Jorge Ignacio Palma, de forma consecutiva y con un ‘modus operandi’, procede imponerle la prisión permanente revisable.

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Además de esto, explica a este respecto,

Si bien desde el punto de vista gramatical, la utilización del pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo semeja situar esas condenas en tiempo pasado, el uso de tal tiempo verbal se emplea para expresar acciones que tuvieron sitio ya antes de un instante determinado del pasado o acciones que podrían haber tenido sitio anteriormente en otras circunstancias.

Considera la letrada, Vela Estévez.

La abogada agrega además,

Teniendo presente que la interpretación textual de la ley no es clara, debe aplicarse una interpretación teleológica, la que debe llevar a comprender que la pena de cárcel permanente revisable cabe ante asesinatos en serie que se juzgan en un mismo procedimiento.

DELITO CONTRA INTEGRIDAD MORAL

Por otra parte, en su recurso, el padre de Marta Calvo solicita que se condene a Jorge Ignacio por un delito contra la integridad moral,

Para ocasionar menoscabo a la integridad ética y a la dignidad de los familiares no es ‘conditio sine qua non’ que el acusado dé diferentes versiones sobre el paradero del cadáver de una hija, como sucedió en el caso de Marta del Castillo. No podemos aguardar a que concurran todas y cada una de las circunstancias fácticas que tuvieron sitio en el caso de Marta del Castillo para poder aplicar la jurisprudencia que se empezó con la sentencia del Tribunal Supremo en tal caso, y que ya ha sido aplicada por otros Tribunales.

Apunta.

Así, la acusación particular remarca que «existen muchas formas de provocar un mayor dolor y sofocación a unos progenitores por la muerte de una hija, hasta el punto de menoscabar su dignidad o proferirles un trato humillante, extraño al autoencubrimiento. Eso es lo que se comprende ha ocurrido en el caso de Marta Calvo».

Han zanjado.